Corte Constitucional admitió la demanda de inconstitucionalidad por despido ineficaz
El Ministerio del Trabajo informó, este viernes 29 de agosto de 2025, que la Corte Constitucional del Ecuador admitió a trámite la acción pública de inconstitucionalidad a la Resolución 05-2021 del Pleno de la Corte Nacional de Justicia.
Ese texto prohíbe a los jueces que conocen sobre demandas de despido ineficaz, que las mujeres en estado de embarazo o asociado a su condición de gestación o maternidad; y los dirigentes sindicales incluyan en este tipo de demanda pretensiones adicionales como: pago de la decimotercera, decimocuarta remuneración, vacaciones y remuneraciones pendientes de pago.
Mediante un comunicado, informó que en la argumentación de la demanda presentada por la ministra del Trabajo, Ivonne Núñez Figueroa, señala que es incompatible con el derecho a la tutela judicial efectiva garantizada por el Estado ecuatoriano, a la mujer embarazada o en periodo de lactancia, y a los dirigentes sindicales, la resolución de la Corte Nacional de Justicia que ha sido impugnada; ya que esta decisión es contraria al principio de acceso a una justicia imparcial, expedita y a los tratados internacionales, porque propende a la regresión de los derechos de los trabajadores despedidos.
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— El Telégrafo Ecuador (@el_telegrafo) August 29, 2025