Ecuador / Jueves, 19 Febrero 2026

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El acuerdo establece nuevas reglas para turnos especiales, horarios rotativos y control de horas laborales.

Ministerio del Trabajo redefine las jornadas especiales y el uso de horas extras

El acuerdo establece nuevas reglas para turnos especiales, horarios rotativos y control de horas laborales.
Foto: Internet
El Ministerio de Trabajo actualizó las reglas para turnos especiales, horarios rotativos y distribución de la jornada laboral, con cambios clave en horas de trabajo, descansos y contratación.
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El Ministerio del Trabajo expidió un nuevo acuerdo que modifica el procedimiento para autorizar jornadas especiales y regula con mayor precisión la distribución de la jornada laboral y la aplicación de horas suplementarias y extraordinarias.

La norma aplica a todos los empleadores y trabajadores sujetos al Código del Trabajo y busca ordenar prácticas que ya se venían aplicando en sectores productivos y de servicios.

El Acuerdo Ministerial MDT-2026-046 redefine cuándo un empleador debe solicitar autorización para aplicar turnos u horarios especiales de trabajo.

A partir de esta normativa, requerirán aval del MT aquellos esquemas que impliquen más de cinco días consecutivos de trabajo con descansos acumulados, jornadas con menos de dos días seguidos de descanso o sistemas de horarios rotativos, ya sean diurnos, nocturnos o mixtos.

En estos casos, el empleador deberá presentar una solicitud formal, justificar la necesidad del turno especial y contar con el consentimiento de los trabajadores involucrados. Si la autoridad laboral no se pronuncia en un plazo de diez días, la autorización se entenderá concedida automáticamente.

Lea también: Ministro de Trabajo: “Las 40 horas semanales podrán distribuirse entre cuatro y seis días, siempre por acuerdo entre las partes”

Horas extras: cuándo aplican y cómo se pagan

El acuerdo mantiene la posibilidad de realizar horas suplementarias y extraordinarias, pero aclara que solo se aplican cuando se superan los límites legales de la jornada. En los esquemas especiales, se permite trabajar hasta 12 horas diarias, siempre que exista compensación con días adicionales de descanso y sin recargos, mientras no se excedan las 40 horas semanales.

Si ese límite se sobrepasa, las horas adicionales deberán pagarse con los recargos establecidos en el Código del Trabajo, reforzando el control sobre posibles abusos en la extensión de la jornada.

Nueva figura: jornada laboral eficiente

La normativa introduce con mayor claridad la llamada jornada laboral eficiente para el desarrollo, que permite distribuir las 40 horas semanales en jornadas de hasta 10 horas diarias, dentro de cinco días, mediante acuerdo voluntario entre empleador y trabajador.

Este esquema busca mejorar la conciliación entre trabajo y vida personal, reducir tiempos de traslado y fomentar el empleo juvenil y femenino, sin afectar derechos adquiridos ni el pago de horas extras cuando corresponda.

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¿Qué sucede con los nuevos puestos de trabajo?

Cuando los turnos especiales impliquen la creación de nuevos puestos de trabajo, el ministerio dará prioridad a solicitudes que incluyan la contratación de jóvenes entre 18 y 29 años. Estas vinculaciones deberán realizarse obligatoriamente a través de la plataforma pública “Encuentra Empleo”, y el empleador deberá informar al trabajador que el puesto está vinculado a un horario especial autorizado.

El acuerdo entra en vigencia desde su suscripción y deroga la normativa anterior sobre horarios especiales. El Ministerio del Trabajo realizará inspecciones periódicas para verificar el cumplimiento de los límites de jornada, descansos y pago de horas extras, con el objetivo de garantizar condiciones laborales justas y legales.

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