Ecuador / Miércoles, 31 Diciembre 2025

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Mediante Decreto Ejecutivo No 775, emitido el 9 de septiembre, el Gobierno agregó una disposición transitoria en el Reglamento a la Ley de Abono Tributario que fue expedido el 10 de septiembre de 2013.

La reforma al reglamento en su disposición transitoria segunda señala que: “Durante el ejercicio económico 2015-2016, la prueba del cumplimiento de las obligaciones patronales de los exportadores que deseen obtener el Certificado de Abono Tributario, conforme a lo previsto en el artículo 4 del presente Reglamento, podrá suplirse con la solicitud al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) para suscribir un convenio de purga de mora patronal con los trabajadores”.  En el artículo 4 del referido reglamento no se mencionaba que el exportador podía presentar una solicitud de convenio del IESS para acceder al certificado. (I)