Ecuador, 20 de Abril de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
Comparte

Malla curricular incluirá educación ambiental

El COA establece el principio in dubio pro natura, que en caso de duda sobre el riesgo de una actividad se aplicará la que más favorezca a la naturaleza.
El COA establece el principio in dubio pro natura, que en caso de duda sobre el riesgo de una actividad se aplicará la que más favorezca a la naturaleza.
Foto: Archivo / EL TELÉGRAFO
14 de junio de 2018 - 00:00 - Redacción Sociedad

La posibilidad de que cualquier persona natural o jurídica -sin ser afectada- pueda denunciar un daño ambiental y a su vez beneficiarse de la multa que el juez establezca en esos casos es una de las novedades que presenta el Código Orgánico Ambiental (COA) que está en vigencia desde el mes pasado.

Al respecto, el Art. 304 del COA establece la defensa íntegra de los derechos de la naturaleza y la opción de adoptar las acciones legales ante las instancias judiciales -que permitan cesar la amenaza o el daño ambiental-. 

“Adicionalmente, el juez condenará al responsable al pago de 10 a 50 salarios básicos unificados, de conformidad con la gravedad del daño que se logró reparar, a favor del accionante”, indica la normativa.

Para el jurista ambiental, Santiago Izurieta, esta disposición permitirá que las empresas -directamente vinculadas con acciones relacionadas a la naturaleza- sean más cuidadosas en sus labores.

“Además al entregar al accionante el dinero se incentiva la atención que se brinda al medio ambiente”.

Izurieta destacó la inclusión de -la inversión de la carga de la prueba-, que establece la obligatoriedad del demandado a presentar las justificaciones que demuestren su inocencia, en lugar de pedir las evidencias al demandante.

“En la mayoría de infracciones ambientales, el afectado es de escasos recursos económicos, eso dificulta el  acceso a pruebas como análisis de laboratorio, peritaje o muestreos técnicos, para demostrar la afectación”.

Otro artículo a destacar es el principio de responsabilidad objetiva que obliga a toda persona natural o jurídica, que cause daño al medio ambiente, a reparar el mismo así no exista dolo, culpa o negligencia.

Educación ambiental obligatoria en la malla curricular
El Código establece, además, que la educación ambiental sea el eje transversal de las políticas públicas en el país.

Para el gestor ambiental, Renato Salguero, la inclusión de este artículo permitirá una mayor y mejor vinculación de la ciudadanía, como responsable del medio ambiente.

“Pasa a ser obligatoria la enseñanza ambiental en todos los programas de educación formal y esto es fundamental porque los niños y jóvenes desarrollarán mayor responsabilidad respecto a la naturaleza que los rodea”.

El ministro del Ambiente, Tarsicio Granizo, resaltó que  la entidad que dirige trabaja en la Estrategia Nacional de Educación Ambiental.

“Eso es algo que en Ecuador no ha existido anteriormente. Ya se firmó un acuerdo con el Ministerio de Educación para insertar en las mallas curriculares la educación ambiental”.

Incentivos para empresas
Los generadores de trabajo también están contemplados en la normativa. Constan incentivos ambientales a las empresas que generen fuentes de trabajo sostenible con la naturaleza. Las distinciones son de tipo económico, honorífico, fiscal y tributario.

“Hay que darle a la industria incentivos para que invierta  en procesos buenos y amigables, como la adquisición de maquinaria ecológica”, dijo Izurieta.

De momento no existe el reglamento del Código, que es el instrumento legal donde se especifican varios aspectos, sin los cuales no se puede aplicar la normativa vigente.

“El problema es que se remite al reglamento varios temas y al no tenerlo se carece de claridad para actuar”.

Al respecto, el ministro del ramo anticipó que hasta finales de junio ya existirá el primer borrador del reglamento para defender de forma efectiva la naturaleza. (I)  

Contenido externo patrocinado

Ecuador TV

En vivo

Pública FM

Noticias relacionadas

Social media