Ecuador, 25 de Abril de 2024
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El Telégrafo
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Parcialidad de los peritos tributarios

El perito es un auxiliar del sistema de justicia, que en razón de sus conocimientos científicos, técnicos, artísticos o profesionales está en condiciones de colaborar con el juez aportando con su opinión y valoración técnica sobre algún hecho controvertido, facilitando sobremanera la labor del juez tributario; sin embargo el sistema actual no garantiza las dos condiciones exigidas al perito: objetividad e imparcialidad.

Empecemos por el sistema de selección de peritos por el Consejo de la Judicatura, sin un sistema de evaluación de conocimientos del régimen tributario y de normativa financiera internacional, sin una entrevista por un comité de evaluación, hace que integren y participen peritos que antes que dar valor agregado al proceso confunden al Tribunal y su aporte al esclarecimiento de los hechos es pobre, lo cual va en demérito de la calidad y acuciosidad que requieren los complejos y técnicos temas tributarios.

El contribuyente en cambio selecciona el perito con el que desea trabajar y cubre su honorario, sin embargo, en la forma que está dado el proceso contencioso tributario oral, no atiende las preguntas del SRI como autoridad demanda, ni tampoco absuelve las dudas del Tribunal, por aquello que manifiesta no fue objeto de su pericia “porque no se lo ha pedido el actor”; por lo que su posición está claramente inclinada a un lado de la balanza.

Por su parte, el SRI como entidad demandada, ha decidido -dada la cantidad de juicios en su contra- tener peritos de planta, esto es como funcionarios públicos; que a pesar de encontrarse en la lista de peritos elegibles por el Consejo de la Judicatura, son inaccesibles para los contribuyentes. Jerárquicamente subordinados a la Directora General del SRI y con un sueldo de dicha institución.

Con lo cual al final del día pierde el sistema de justicia, ya que cada perito va con su “propia verdad” lo que complica tremendamente la labor del juez en demérito de la calidad de las sentencias.

Trabajar en todos los ejes para recomponer el sistema de elección de peritos elegibles, de remuneraciones, de absolución de posiciones de ambas partes del proceso y valoración posterior de los informes periciales permitirá ganar en objetividad e imparcialidad; elementos imprescindibles para mejorar el sistema de administración de justicia tributaria. (O) 

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