No se impedirá el trabajo y atenciones en zonas estratégicas
La movilidad y tránsito por dependencias estatales y zonas estratégicas permanecerán prohibidos desde las 20:00 hasta las 05:00, de lunes a domingo.
Sin embargo, eso no impedirá el trabajo y la atención que se brindan en esas dependencias ni en sus alrededores. Por ejemplo, el Decreto Ejecutivo N° 888 permite la circulación de los vehículos de seguridad, bomberos o ambulancias, por las zonas de restricción.
Asimismo, se permitirá el paso de las personas que trabajan en ese sector, previa la verificación de sus credenciales. Lo mismo ocurrirá con los comunicadores sociales y representantes diplomáticos.
En el caso de la prohibición de movilidad, en puertos y aeropuertos, explicó el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, será “exclusivamente para aquellas personas que en actitud sospechosa”.
En el caso de los empleados, el público y pasajeros que tengan vuelos programados, deberán contar con todos los documentos de respaldo para ingresar en estas áreas.
Las zonas estratégicas que tendrán el paso restringido son:
- Instalaciones militares y policiales
- Antenas repetidoras de telecomunicaciones
- Reservorios, tanques de distribución y sistemas de agua potable
- Refinerías, pozos petroleros, estaciones de bombeos, beaterios de combustible
- Represas, estaciones hidroeléctricas, instalaciones de distribución eléctrica

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