Ecuador, 26 de Abril de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo

CC declaró la inconstitucionalidad de artículo de Ley Legislativa

CC declaró la inconstitucionalidad de artículo de Ley Legislativa
06 de marzo de 2012 - 12:19

La Corte Constitucional (CC) aceptó la demanda planteada por el Ejecutivo en contra del artículo 63 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

La sesión comenzó antes de las 11:00 y duró cerca de una hora y media. La moción fue aprobada con los votos a favor de los jueces Roberto Brhunis, Patricio Herrera, Ruth Seni, Miguel Ángel Naranjo, Fabián Sancho, Manuel Viteri, Édgar Zarate y Patricio Pazmiño; y el voto concurrente del juez Alfonso Luz Yúnez.

Esa artículo establece que los cambios hechos en la norma irán directamente al Registro Oficial para su publicación, luego de ser aprobados en la Asamblea. El Ejecutivo objetó esto al considerar que debería tener derecho de veto, como ocurre con el resto de los proyectos legales.

Cuando a finales del año pasado la Asamblea, con mayoría opositora, aprobó las reformas a la Ley de la Función Legislativa, el gobierno presentó la demanda de inconstitucionalidad.

La oposición modificó la forma en que se fiscaliza en el Legislativo, al pasar la responsabilidad de la aprobación de los juicios políticos al Pleno, cuando antes estaba en manos de la Comisión de Fiscalización.

En un primer momento, la CC emitió medidas cautelares con lo que se impidió la publicación de las reformas aprobadas. Ahora el organismo judicial anula el artículo, por lo que las reformas irán al Ejecutivo para su ratificación o veto.

El presidente de la Asamblea, Fernando Cordero, defendió el hecho de que el Ejecutivo no vete la norma, mientras el secretario jurídico de la presidencia, Alexis Mera, criticó el artículo y aseveró que "dos errores no hacen un acierto", en relación a que fue él, en 2009, el que aconsejó al Presidente aceptar el artículo que hoy ha sido vetado.

Uno de los argumentos en la sesión de hoy fue que la Constitución está por encima incluso de la ley que rige a la Asamblea Nacional. En la Carta Magna se establece que el Primer Mandatario tiene la potestad de vetar y hacer observaciones a las leyes que se tramiten en la Legislatura en su calidad de colegislador.

Para estar siempre al día con lo último en noticias, suscríbete a nuestro Canal de WhatsApp.

Contenido externo patrocinado

Ecuador TV

En vivo

Pública FM

Noticias relacionadas

Social media