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Multas por no votar se podrán pagar por transferencia bancaria

Multas se podrán pagar por transferencia
Multas se podrán pagar por transferencia
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03 de junio de 2021 - 16:38 - Redacción Web

Los ciudadanos cuentan con la transferencia bancaria o el pago físico para cancelar las multas por no asistir a sufragar y por no haber conformado las Juntas Receptoras del Voto, en procesos anteriores al 2021. El portal web institucional del Consejo Nacional Electoral (CNE), www.cne.gob.ec, se encuentra ya disponible para el efecto.

Asimismo,  Los ciudadanos que requieran la emisión de un certificado durante el periodo de emergencia sanitaria, pueden ingresar al portal web institucional, descargar, imprimir, llenar, firmar la solicitud y acercarse a las dependencias provinciales del CNE o a su vez, escanearlo y enviarlo al correo electrónico de la delegación que se detalla en la página oficial del órgano electoral. 

Por otra parte, las secretarías de las dependencias verificarán la información remitida por el Tesorero – Recaudador. En caso de que el ciudadano solicitante tenga multas por procesos electorales anteriores, le será notificado vía correo electrónico, el valor a cancelar por multa; y el número de cuenta a la cual se debe depositar: Cuenta de BanEcuador BP; número: 0010001718; sublínea de Código Nro. 170409.

Si el ciudadano solicitante no tiene multas pendientes en el sistema de recaudación, se emitirá el certificado, mismo que será suscrito con su firma electrónica y expedido entre junio y julio. Este certificado tendrá la duración de 90 días y no le exime de responsabilidades de pago de multa correspondiente a las Elecciones Generales 2021.

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