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CNT, absuelta de pagar $ 11,6 millones a Nedetel
Cinco años después de haber interpuesto la acción de nulidad al laudo arbitral que obligaba a la ex Pacifictel S.A. (ahora Corporación Nacional de Telecomunicaciones -CNT-) a pagar $ 11,6 millones por daños y perjuicios a la compañía Negocios y Telecomunicaciones Nedetel, la Primera Sala de lo Civil de la Corte Provincial de Justicia del Guayas revocó la sentencia y la declaró nula.
La polémica resolución ejecutada por el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Guayaquil fue rechazada desde su inicio por la telefónica y se decidió interponer una acción de nulidad el 16 de noviembre de 2006.
El punto “6 d” de la sentencia, emitida el pasado jueves 17 de noviembre, señala que los árbitros llegaron a una conclusión basados en “meras referencias y casos hipotéticos, como es el caso de conceder el pago de sumas de dinero, únicamente en expectativas, que no constituyen derecho alguno”.
Los hechos
La estatal Pacifictel y la privada Nedetel suscribieron el 4 de febrero de 2004 un contrato de Asociación Joint Venture -alianza comercial en la que cada parte asume sus propios riesgos- para la prestación del servicio de telecomunicaciones a través de banda ancha. Una denuncia de presunto peculado por sobreprecio, realizada por León Febres-Cordero Rivadeneira (+), en ese entonces legislador, provocó la suspensión del contrato mientras se ventilaba el juicio penal.
En 2005, Nedetel interpuso la demanda arbitral cuando no había entregado, ni instalado en las dependencias de Pacifictel los equipos y accesorios en cumplimiento del contrato. Constando solamente los armarios y otras conexiones, pero no los equipos, según consta en el informe de las pericias realizadas y analizadas en la revisión del laudo arbitral.
En el mismo año, Nedetel obtuvo un fallo favorable por $ 11’633.897 de los ex árbitros Jimmy Pazmiño Pareja, Galo García Carrión y María del Carmen Vidal Maspons. La telefónica debía pagar esa suma que, para esa fecha, pudo hacerla quebrar, como refieren los abogados de la accionante.
El 16 de noviembre de 2006, el presidente ejecutivo subrogante de Pacifictel, Luis Sotomayor Díaz-Granados, interpuso una acción de nulidad del laudo arbitral que demandó Nedetel ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Guayaquil porque se habían excedido más allá de lo reclamado y justificado.
En la revisión del proceso únicamente se encontró un convenio de financiamiento de obligación suscrita entre Nedetel y Citibank por el monto de $ 2’087.346 para la compra de equipos y accesorios que fueron dados en garantía mediante prenda por el valor recibido.
El contrato Joint Venture se efectuó el 4 de febrero de 2004 y a mediados de 2006 Nedetel levantó la prenda que mantenía con Citibank. Desde allí pudo disponer de dichos bienes, pero un año antes ya había interpuesto una demanda arbitral en la Cámara de Comercio.
Bienes embodegados
En el punto “6 b” de la sentencia menciona que la experticia ocular ordenada por los jueces de la Primera Sala y realizada por el perito, Jorge Moreno Obando, concluye en su informe: “la mayoría de los bienes y equipos materia de la experticia estaban depositados y almacenados en las bodegas de la Compañía Milán Plastic S.A. pertenecientes a Nedetel y que, inclusive, se encontraban en el piso con sus respectivas empaquetaduras”.
Con estos hechos, la Sala desvirtuó las aseveraciones sostenidas por el Tribunal Arbitral de la Cámara de Comercio de Guayaquil de que se entregaron e instalaron los equipos, lo cual hubiera generado ingresos a través de una ganancia proyectada. Y, además, que a ellos (los ex árbitros) les permitió cuantificar el daño emergente y lucro cesante.
Los conjueces Juan Véliz Salavarría, Martha Chica y Vicente Salazar Neira, de la Primera Sala, en la sentencia emitida dejaron expresa aclaración de que no podrá alegarse falta de norma jurídica del fallo realizado por ellos; además, que la nulidad se basa en la falta incurrida en el literal d) del artículo 31 de la Ley de Arbitraje.
Datos:
El 17 de noviembre de 2011 (hace 7 días) los conjueces de la Primera Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia del Guayas dictaron sentencia y declararon la nulidad del laudo arbitral por haber concedido más allá de lo reclamado.
De los 2’087 mil dólares que iba a aportar Nedetel al contrato mediante equipos, únicamente fueron instalados los accesorios que representan aproximadamente un 5%. El resto del equipamiento permanece, hasta la fecha, en sus bodegas.