Jueza negó acción de protección a lesbianas que desean contraer nupcias
Karla Sánchez, jueza de la Unidad Judicial Especializada de la Familia, negó hoy la acción de protección que planteó la pareja de lesbianas Gabriela Correa y Pamela Troya, en contra de la Dirección Provincial de Pichincha del Registro Civil (RC), para que se les autorice contraer matrimonio.
La diligencia se desarrolló en presencia de Ramiro García Falconí, abogado de la pareja; Santiago Ávila, representante legal del RC; Kléver Alvarado Silva, abogado de la Procuraduría del Estado y varios integrantes de la Comunidad de Gays, Lesbianas, Bisexuales, Transexuales e Intersexuales (Glbti).
Cada jurista contó con 20 minutos para establecer sus argumentos. En primer lugar, García señaló que el RC les negó su derecho a la unión señalando que ellas serían atendidas en caso de unirse con un hombre. "Se violentó el artículo 11 de la Constitución que consagra que todas las personas serán iguales y nadie será discriminado por su condición de género y orientación sexual...", recalcó.
Ávila refutó ese argumento. Reiteró que el organismo cumplió con lo que dispone el artículo 67 de la Constitución y 81 del Código Civil, donde ambos estipulan que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer. Añadió que la acción de protección "no es el mecanismo idóneo para defenderse ante la negativa de las nupcias".
Similar razonamiento expresó el abogado de la Procuraduría, quien señaló que el caso debería presentarse ante la Corte Constitucional (CC).
La resolución de la jueza se presentará por escrito ante las partes. García anunció que apelará el fallo ante la Corte Provincial de Pichincha y, de ser necesario, ante la CC. "Si se niega el recurso de apelación iremos con una acción extraordinaria de protección a la CC y en ese caso habremos agotado vías nacionales. De ahí podremos ir a las vías internacionales para que se conozca el caso. Pero esto sería muy triste porque significa que los jueces no sirven", señaló.
Troya aseguró que agotarán los recursos legales. Recordó que ayer la pareja cumplió cinco años de relación. "Convivimos hace dos años y medio y no podemos casarnos. En cambio una persona heterosexual puede casarse con alguien que acaba de conocer hace cinco minutos. Es realmente injusto", señaló.
Antecedentes:
La acción de protección fue presentada el 13 de agosto de 2013, luego de que el RC notificó a la pareja que, para obtener el turno y contraer matrimonio, deben cumplir con lo que dispone el Código Civil, es decir la unión entre hombre y mujer.
Ante este recurso, la jueza Gloria Pillajo inadmitió la acción, aduciendo que no encontraba ningún derecho constitucional vulnerado. El caso llegó a manos de la magistrada Sánchez, quien se excusó de conocer la causa. Ante tal situación, la Corte Provincial ordenó a Sánchez asumir el caso.
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