Ecuador, 26 de Abril de 2024
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El Telégrafo
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El 15% Participación Laboral. Desigualdad y discriminación

El 15% de participación en las utilidades de la empresa, como un derecho de los trabajadores previsto en el artículo 97 del Código del Trabajo, en verdad comporta un verdadero impuesto. Toda vez que se trata de un gravamen a las utilidades de la empresa, prevista por la Ley, y que no tiene una contraprestación para quien lo paga (empleador).

El hecho de que los recursos no vayan al Estado resulta irrelevante para las empresas que pagan utilidades a sus trabajadores, toda vez que es un costo adicional como el impuesto a la renta; y a la final es una simple cuestión de procedimiento, ya que bien podría gestionar el SRI su recaudación en favor de las arcas del Estado, y éste distribuirlo en favor de los trabajadores, tal como ocurre con procedimientos como los de devolución de IVA, y no por eso el IVA deja de ser un impuesto.

Solo así se explica que el SRI en los procesos de auditoría tributaria, determine y liquide la participación de trabajadores, ya que la Ley determina que el SRI solo puede determinar los tributos internos, de lo contrario el SRI carece de competencia para hacerlo, y sus actos sería nulos.

Por otro lado, la participación a los trabajadores es discriminatoria frente a un grupo de personas que realizan la misma actividad en diferentes empresas (secretarias, choferes) ya que si estoy en un sector como el petrolero, recibiré unas utilidades totalmente distintas por esa actividad en una fábrica, y ningún valor por este concepto si es en una empresa pública, cuando las funciones desempeñadas son equiparables.

La participación a los trabajadores, no soluciona los problemas de desempleo, ya que este fondo (15%) se distribuye entre las personas que trabajan en esa empresa, cuando de acuerdo a las cifras del INEC (junio 2018) en el Ecuador están en el desempleo el 5,1% de mujeres y el 3,4% de hombres; sin que reciban valor alguno por este concepto.

Y otro grupo de ecuatorianos que tiene empleo en el sector informal y que representa 47,5%, significa que casi la mitad de los ecuatorianos con empleo, no recibe en la práctica valor alguno por participación a los trabajadores, ya que estas empresas ni siquieran tienen RUC, y técnicamente no son fiscalizables por el SRI. 

La participación a los trabajadores, genera desigualdad en la propia empresa, ya que se paga por “igual” sin permitírsele al empleador diferenciar entre sus empleados, a quienes han cumplido las metas y bonificar a los mejores, y lo que debería ser un estímulo para mejorar, genera mediocridad en la empresa ya que al final el bueno y el vago reciben lo mismo. (O)

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