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El Estado de excepción puede ser renovado

La Fuerza Pública controla que las personas cumplan con el estado de excepción y no salgan de sus residencias para evitar la posibilidad de más contagios.
La Fuerza Pública controla que las personas cumplan con el estado de excepción y no salgan de sus residencias para evitar la posibilidad de más contagios.
Jhon Guevara / ET
18 de marzo de 2020 - 00:00 - Redacción Política

El estado de excepción por calamidad pública en todo el territorio nacional durará hasta que termine la crisis sanitaria.

Esta medida la tomó el presidente Lenín Moreno debido a la grave situación que puede acarrear el contagio del coronavirus que hasta ayer afectaba a 111 personas en todo el país.

A pesar de que se dispone una temporalidad de 60 días,  este puede ser renovado por igual periodo dependiendo de la evolución del problema de salud.

El Decreto Ejecutivo tiene partes sustanciales referidas a la facultad de atención de las instituciones estatales, principalmente en los ámbitos de salud, riesgos y emergencias y seguridad pública.

Suspensión de derechos como libertad de tránsito,  asociación y reunión, para lo cual rige el toque de queda desde las 21:00 hasta las 05:00 del día siguiente; esto incluye la suspensión del transporte interprovincial.

Asimismo la restricción de asistir a sitios de trabajo y modificación del horario laboral, para dar paso a alternativas como el teletrabajo.

La disposición también permite el uso de recursos económicos para atender los sectores que lo necesiten directamente.

Este decreto, como instrumento normativo, contiene varias especificaciones en el ámbito jurídico y de competencias de las distintas carteras de Estado; “además, el contenido puede reformularse de acuerdo con la evolución de la situación nacional”, señaló el jurista Esteban Ron.

Es decir que se pueden emitir otras medidas de carácter mandatorio que se deben cumplir obligatoriamente; por ejemplo, que no haya más de 100 personas al interior de supermercados, para evitar en lo posible que las personas salgan de sus residencias y no haya aglomeraciones de gente.

El incumplimiento de estas medidas acarreará consecuencias penales que se tramitarán tan pronto termine la emergencia, por lo que la  Policía emitirá un parte que señalará la falta en la que incurra el infractor.

El artículo 165 de la Constitución establece las acciones que pueden tomarse desde el Gobierno, por lo que este instrumento tiene que enviarse a la Asamblea Nacional y Corte Constitucional (CC), para que analicen el Decreto.

No obstante, los principios que deben observarse al emitir un estado de excepción “en este caso se cumple por lo que sucede a nivel nacional”, acotó Ron.

La CC indicó que el decreto será analizado por un juez al que se asignará el proceso mediante sorteo y luego presentará su informe al  pleno de la institución apara su aprobación.

Al respecto, la docente de la Universidad Internacional María Dolores Miño aclaró que a pesar de que el decreto suspende algunas garantías ciudadanas, nunca deben afectarse los Derechos Humanos como el Derecho a la vida,  integridad personal y no discriminación.

En el contexto de una emergencia sanitaria resulta primordial  restringir de manera proporcional la libertad de movimiento  y de asociación de ciudadanos, pero tutelando en todo momento el respeto a los Derechos Humanos que es básico en cualquier circunstancia. (I)  

Lanza: “La región no puede retroceder”
El relator especial de la Organización de Naciones Unidas (ONU), Édison Lanza, se pronunció con respecto a las medidas adoptadas por los Gobiernos de la región en torno a la pandemia.

En su cuenta de Twitter, Lanza posteó que: “la publicación y difusión inmediata de normas (leyes, decretos y resoluciones) que se adoptan es obligación básica de transparencia para poderes estatales”. “

La región no puede retroceder en esto”, destacó Lanza, quien dijo que estas acciones cobran mayor importancia en contexto de la emergencia como la provocada por el coronavirus.

En ese sentido señaló que los relatores de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) advierten a los Estados que “no utilicen poderes de emergencia, basados en crisis #Coronavirus, para suprimir libertades”.

Destacó las medidas de prevención del Programa de las Américas del Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés).

Lanza sostuvo que la población requiere información certera, de fuentes confiables y chequeadas. Asimismo manifestó que “ los medios profesionales pueden ayudar a ganar la batalla al #COVID:19 y a promotores de desinformación deliberada o sensacionalismo. Saludo que varios medios de la región liberen contenidos pagos sobre el tema”.

El Gobierno de Ecuador es enfático en que solo se tome en cuenta la información oficial.(I)  

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