Ecuador, 24 de Abril de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
Comparte

Jubilados y pensionistas argentinos no pagarán el impuesto a las ganancias

La Corte Suprema se acogió a los principios de "igualdad y razonabilidad" en materia tributaria que establece una reforma constitucional de 1994.
La Corte Suprema se acogió a los principios de "igualdad y razonabilidad" en materia tributaria que establece una reforma constitucional de 1994.
Foto: Internet
26 de marzo de 2019 - 16:24 - Agencia EFE

La Corte Suprema de Justicia argentina falló este martes 26 de marzo de 2019 a favor de jubilados y pensionistas y declaró la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias, además de reclamar una reforma de ley que exima a los estos "grupos vulnerables" de dicho tributo.

La Corte Suprema se acogió a los principios de "igualdad y razonabilidad" en materia tributaria que establece la reforma constitucional de 1994 para dar la razón a una jubilada en particular, María Isabel García, cuyo caso sirve de precedente para facilitar las demandas activas de centenares de jubilados y puede desembocar en un cambio definitivo de legislación en este aspecto.

La reforma de 1994 obliga a que las leyes den "respuestas especiales y diferenciadas para los sectores vulnerables".

Es por eso que la Corte Suprema, además de declarar la inconstitucionalidad del impuesto de ganancias, también ordenó una reforma de ley que exima a las jubilaciones de este impuesto.

Los magistrados indicaron que solo con la reforma de la ley con la consecuente eliminación del impuesto se garantiza "el goce pleno y efectivo" de todos los derechos de los jubilados.

"El envejecimiento y la enfermedad son causas determinantes de vulnerabilidad que obligan a los jubilados a contar con mayores recursos para no ver comprometida su existencia y calidad de vida", se lee en el fallo.

Esta medida afectaría a alrededor de 400.000 jubilados, según calculan medios locales, que tienen una pensión superior a los 62.462 pesos argentinos (unos 1.470 dólares), cantidad que corresponde a seis jubilaciones mínimas vigentes en el país.

Para emitir este pronunciamiento, la Corte Suprema analizó la sentencia que la Cámara Federal de Paraná sancionó a favor de García, que presentó una acción contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en 2015 en Entre Ríos (noreste).

La Cámara declaró la inconstitucionalidad del tributo, ordenó a la Administración Federal de Ingresos que cesara la aplicación del impuesto y abonase a la jubilada la suma que le habían retenido desde la promoción de la acción.

García afirmó que padecía problemas de salud y que los descuentos en su beneficio oscilaban entre el 29,33 % y el 31,94 %.

Según las declaraciones del abogado de García al canal local Todo Noticias, esta sanción beneficiará a la afectada con 12.000 pesos mensuales más (232 dólares).

Cuatro de los cinco jueces que conforman la Corte Suprema de Justicia Argentina votaron a favor del fallo.

Estos fueron Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, mientras que uno, Carlos Rosenkrantz, declinó la propuesta. (I)

Contenido externo patrocinado

Ecuador TV

En vivo

El Telégrafo

Pública FM

Noticias relacionadas

Social media