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Juez revisará medidas cautelares contra Jorge Glas y su tío

Ricardo R., tío de Jorge Glas, cumple arresto domiciliario en Guayaquil.
Ricardo R., tío de Jorge Glas, cumple arresto domiciliario en Guayaquil.
Foto: Álvaro Pérez / El Telégrafo
29 de septiembre de 2017 - 18:50 - Redacción Web

El juez de la Corte Nacional de Justicia que lleva el caso Odebrecht, Miguel Jurado, dio paso al pedido que el fiscal general Carlos Baca Mancheno hiciera el este viernes, para revisar las medidas cautelares contra Jorge Glas y su tío Ricardo R., según el portal La República.

El Segundo Mandatario y su familiar son investigados por supuesta asociación ilícita en el caso Odebrecht. La medida cautelar impuesta a Ricardo R. es arresto domiciliario, mientras que para Glas es la prohibición de salida del país.

Según el portal digital, ahora esas figuras serán revisadas.

La normativa vigente prevé entre las medidas cautelares la prisión preventiva, el arresto domiciliario, el arraigo, la prohibición de enajenar bienes, etc.

Baca argumenta su pedido en el acopio de nuevos elementos de convicción, recabados durante la instrucción fiscal, que concluirá el domingo 1 de octubre.

Para ello, el fiscal cita el artículo 521 del Código Penal. Esa norma dice: “Cuando concurran hechos nuevos que así lo justifiquen o se obtengan evidencias nuevas que acrediten hechos antes no justificados, la o el fiscal, la o el defensor público o privado, de considerarlo pertinente, solicitará a la o al juzgador la sustitución de las medidas cautelares por otras. De igual forma la o el juzgador dictará una medida negada anteriormente. No se requerirá solicitud de la o el fiscal cuando se trate de medidas de protección”.

Abogado de Glas, en desacuerdo

Eduardo Franco Loor, abogado del vicepresidente Jorge Glas, cuestionó la disposición del juez.

Su postura la expresó a través de su cuenta de Twitter. A través de la red social, el defensor legal señaló que la disposición no procede, ya que no hubo incumplimiento de la medida cautelar por parte de su defendido. "No procede la sustitución de la medida cautelar porque no hay incumplimiento de la prohibición de salida del país", señaló.

En ese sentido, Franco Loor reiteró que el imperio de Derecho "debe prevalecer antes que violaciones al debido proceso y a la presunción de inocencia". (I)

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