Resolución del CNNA de 2008 exige a todos los actores políticos
El Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia (CNNA), mediante resolución número 02 del 23 de enero de 2008, exigió a todos los actores políticos y sociales que en cualquier calidad o grado participan en la producción y difusión de publicidad, el cumplimiento irrestricto del derecho de los niños, niñas y adolescentes a la libertad personal, dignidad, reputación, honor e imagen determinados en el artículo 51 del Código de la Niñez y Adolescencia (CNA), y que se observen las prohibiciones del artículo 52.
Por el caso reciente que involucra a los hijos de Dalo Bucaram, el CNNA dijo que realizará las siguientes acciones:
- Exigir a la Asamblea Nacional que se conozca el caso y tome las medidas que legalmente corresponden frente a la violación de derechos de los niños.
- En cumplimiento a la Constitución y el CNA sobre al uso de niños y niñas en proselitismo político, presentará ante las autoridades competentes la respectiva denuncia para que se establezca responsables y sanciones.
- Convocar al movimiento nacional de y por las niñas(os) y adolescentes a estar vigilantes para que la violación a estos derechos no vuelva a ocurrir.
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