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El Telégrafo

Chile instaura pionera norma en América Latina para drones

Quienes transgredan esta normativa deberán pagar multas que alcanzan hasta los $ 36.000. FOTO: Internet
Quienes transgredan esta normativa deberán pagar multas que alcanzan hasta los $ 36.000. FOTO: Internet
10 de abril de 2015 - 11:55 - Agencia AFP

Chile instauró este viernes una normativa pionera en América Latina para regular el vuelo de aeronaves pilotadas a distancia o drones, tanto en su uso público como privado, de gran popularidad hoy en el país.

"Los drones son aeronaves que estaban fuera de toda norma. Con esta normativa, pionera al menos en Latinoamérica, se regulará su uso", dijo a la AFP Maximiliano Larraechea, responsable de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), tras presentar el nuevo reglamento.

Ningún otro país de América Latina tiene hoy una normativa para drones. La Organización Aviación Civil Internacional (OACI) estima que entregaría un reglamento internacional recién en 2018, de acuerdo a la DGAC.

La norma chilena, conocida como DAN 151, regula el uso de drones con fines públicos principalmente de empresas y medios de prensa, prohibiendo el uso de aparatos de más de 6 kilos y haciendo obligatorio el uso de un paracaídas para evitar accidentes.

Si un dron de siete kilos cae desde una altura de 10 metros su impacto en el suelo es de unos 70 kilos. "Eso mata a una persona, por eso exigimos el paracaídas y limitamos el peso", explicó Larraechea.

Los drones no podrán volar a una altura mayor de 130 metros ni a más de 500 metros de distancia del operador. No podrán ser utilizados de noche y tienen prohibido sobrevolar eventos masivos y deben hacerlo al menos a una distancia mayor a dos km de un aeropuerto.

Los drones deberán ser registrados ante la DGAC y sus operadores obtener una licencia de vuelo.

Quienes transgredan esta normativa deberán pagar multas que alcanzan hasta los $ 36.000.

Ante la gran popularidad de pequeños modelos de drones entre usuarios privados, la DGAC determinó que estas aeronaves podrán ser voladas en los domicilios de sus dueños, pero no a más de 130 metros de altura, o fuera de zonas urbanas. Quedó prohibido volarlos en espacios públicos en ciudades.

Larraechea indicó además que se prohibirá el uso de drones para fines comerciales, a diferencia de lo que ocurre en Estados Unidos donde se han hecho pruebas para utilizarlos en la entrega de productos o para proveer internet.

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