Los activos digitales y las cuentas que los cibernautas mantienen en las redes sociales —herramientas que ejercen un gran impacto en la vida diaria— pueden provocar problemas legales cuando el titular fallece y sus familiares o amigos reclaman la información y las fotos contenidas en estas plataformas virtuales. Aunque este tema tiene su relevancia, todavía no hay leyes que establezcan directrices claras sobre cómo actuar con los datos digitales de un cibernauta fallecido.
Hay normas legales sobre los bienes materiales, pero sobre los activos digitales ni una palabra. Los problemas surgen cuando los allegados exigen a los proveedores de estos servicios de Internet, el acceso a las cuentas, porque desconocen las contraseñas para ingresar a ellas. Estos reclamos han dado lugar a juicios en los que las empresas de Internet se defienden alegando que la información de sus usuarios es privada y nadie debe tener acceso a esta.
En países como Estados Unidos, hacerse cargo de la cuenta virtual de un usuario fallecido puede ser considerado un delito de usurpación de identidad. Lo que para muchos es un asunto trivial, puede transformarse en un tema legal, en el que las multinacionales de Internet tienen, por lo general, la última palabra.
En este punto, en el que los límites entre la vida virtual y real parecen desvanecerse, hay motivos para tomar en serio aquellas propuestas tildadas de “descabelladas”, de preparar un testamento en el que se indique a quiénes dejamos nuestras cuentas en Facebook, Twitter, Tuenti... y por supuesto nuestro correo electrónico.
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