Durante una inspección en varios establecimientos comerciales de Cuenca, la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa), a través de su coordinación zonal 6, detectó una planta procesadora de alimentos de panadería y pastelería que distribuía productos sin notificación sanitaria vigente, los cuales eran elaborados en condiciones higiénicas deficientes.
El pan, por ser un producto elaborado artesanalmente y de consumo inmediato, no requiere de una notificación sanitaria; sin embargo, en su proceso de fabricación se involucran ingredientes que alargan su período de vida y son empacados con una marca distintiva, los cuales sí tienen la obligación de contar con este requisito, como lo indica el artículo 137 de la Ley Orgánica de Salud: “Están sujetos a registro sanitario los alimentos procesados […], fabricados en el territorio nacional […], para su importación, exportación, comercialización, dispensación y expendio”.
Además, el establecimiento incumplió el artículo 146 del mismo cuerpo legal, que determina que: “En materia de alimentos se prohíbe: […] e) El procesamiento y manipulación en condiciones no higiénicas”. (I)
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