Ecuador, 25 de Abril de 2024
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El Telégrafo
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Nos golean en tasas no en los impuestos

Tasas e impuestos son hermanos, en su ámbito propio ambos buscan obtener recursos de los ciudadanos en favor del Estado, el cual satisface las necesidades de sus ciudadanos con la ejecución de obra pública, provisión de bienes y servicios. La diferencia, muy simple, mientras que aquellas obras, bienes o servicios de uso público por los cuales el ciudadano accede gratuitamente (hospitales, escuelas o uso de vías públicas) son financiadas con impuestos (más de 30), hay aquellos en los cuales el ciudadano debe pagar un precio, el mismo constituye una tasa.

Mientras que el procedimiento para admitir un impuesto requiere de una Ley aprobada por la Asamblea, para la tasa en cambio es mucho más laxo y requiere de un acto normativo de órgano competente; es decir existen tantas tasas cuantas entidades públicas tiene el Estado. Una búsqueda en la base de datos jurídica LexisFinder señala que hay 3.181 actos normativos que hacen referencia a una tasa. Decir que las tasas superan en número a los impuestos en un 1.000% es conservador. Ecuador carece de una Ley que regule el procedimiento para la creación de una tasa; con lo cual la fijación del valor de la tasa -lo que pagamos cada uno- queda en la liberalidad del ente que la crea (agua potable, seguridad ciudadana, tasa sobre pasajes aéreos, obtención de permisos y licencias, peajes). Mientras que la doctrina y jurisprudencia internacional reconocen que el valor de la tasa debe contar obligatoriamente con el informe económico que sustente la fijación de la tarifa; los entes públicos en nuestro país, por el contrario, lo fijan en función de las necesidades de dinero para cubrir gasto corriente y no relacionado con el servicio.
Leía cómo una tuitera reclamaba, con justo derecho, que el día destinado a los trámites, había pagado entre el Registro Civil, Registro Mercantil, Agencia Nacional de Tránsito $180,10, no pudo reflexionar con el funcionario para conocer cómo se calculan las tasas, además que le forzaron la chapa del auto mientras estaba en estas andanzas.

Una reforma seria en materia tributaria debe contemplar una reforma en el Código Tributario, con un capítulo que regule a todo ente público de las condiciones, requisitos y presupuestos para crear una tasa, con facultades amplias de supervisión por el Defensor del Pueblo en caso de incumplimiento. (O) 

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