Ecuador, 26 de Abril de 2024
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El Telégrafo
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¿Cuánto pagaremos los quiteños por esta repavimentación?

Los tributos en el Ecuador se dividen en tres: impuestos, tasas y contribuciones de mejoras (Art. 1 CT).

Este mes que inicia, coincide con la fundación de Quito, las festividades navideñas; y, además con las obras de repavimentación de la ciudad. Para este tipo de obras la Ley determina que las mismas serán financiadas con recursos de los propietarios de bienes inmuebles en la ciudad; ya que la repavimentación de calles genera un beneficio real o presuntivo que se verifica en un mayor valor en el avalúo de los inmuebles que colindan con dichas obras (COOTAD).

Ahora, hay que hacer una distinción de lo que se entiende entre inmuebles con mayor y menor beneficio; así, los primeros pagarán un mayor mucho más alto que los segundos. Y cada uno de ellos paga un valor que varía en función de las medidas de frente a la vía que se repavimenta.

De tal forma que el costo de la repavimentación se distribuye: el 40% se prorratea entre todas las propiedades en proporción a las medidas de su frente a la vía; mientras que el otro 60%, igual, entre las propiedades con frente a la vía, pero en función del avalúo del terreno más el valor de construcciones.

Así cualquier alcalde inteligente y sin presupuesto, puede realizar obras públicas que se financien por los ciudadanos particulares a través de la contribución de mejoras. Seguramente esta sugerencia no será bien vista por muchos de los lectores, ya que implica un mayor pago de tributos.

Todo tipo de obra se puede ejecutar y financiarla con contribuciones de mejoras; entre otras: apertura y construcción de vías de toda clase, aceras, obras de alcantarillado, sistemas de agua potable, relleno de quebradas, plazas, parques, jardines; y, aquellas que así lo determinen los municipios mediante Ordenanza.

Sin embargo, el paleolítico sistema de gestión de impuestos por los municipios, que solo necesita de un único gestor de impuestos seccionales con competencia nacional, como si fuera un SRI, y distribuirlos a prorrata a cada cantón, generaría un giro de 360 grados con un flujo de recursos muy importante que hoy no lo tienen los GADS.

Si a inicios del próximo enero 2020 los quiteños recibimos la carta predial con un aumento de los valores a pagar, pues en estas líneas está la respuesta. Sería bueno ya el inicio de una campaña de difusión y publicación en la página web de la forma de cálculo y valores que cada ciudadano dueño de un inmueble en Quito debe pagar por contribución de mejoras. (O)

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