Ecuador / Lunes, 22 Diciembre 2025

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El presidente de la República, Rafael Correa, firmó este viernes el Decreto N.- 691, a través del cual se da a la Secretaría Nacional de Gestión de la Política la "atribución para legalizar y registrar estatutos, directivas y consejos de gobierno de las nacionalidades y pueblos indígenas, pueblo afroecuatoriano y pueblo montubio, aprobados según el derecho propio o consuetudinario, así como de sus formas de organización que funcionan en el seno de la respectiva comunidad, nacionalidad o pueblo".

El registro de las organizaciones sociales se hará bajo el respeto a los principios de libre asociación y autodeterminación, según lo determina el documento.

En la disposición transitoria única estipula que en el plazo de 90 días, contados a partir de la fecha de la publicación del decreto en el Registro Oficial, "el Consejo de Desarrollo de Nacionalidades y Pueblos del Ecuador (Codenpe) y toda otra entidad del Estado que mantenga en sus archivos expedientes de organizaciones, aprobadas según el derecho propio o consuetudinario, autodefinidas como ancestrales, transferirán la documentación respectiva a la Secretaría Nacional de Gestión de la Política".

REVISE EL DECRETO N.- 691