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Secretaría Técnica Jurisdiccional de la Corte Constitucional pidió información a CPCCS, Fiscalía y juez de Montecristi, tras anunciar veeduría al CPCCS transitorio

La información solicitada deberá presentarse máximo en 24 horas
La información solicitada deberá presentarse máximo en 24 horas
FOTO: API
04 de septiembre de 2023 - 21:57 - Redacción Web

La Secretaría Técnica Jurisdiccional de la Corte Constitucional informó, la noche de este lunes 04 de septiembre de 2023, que requiere información de la Fiscalía General del Estado, del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y del juez de Montecristi, Patricio Quimís Sornoza.

Este pedido se da tras el anuncio de realizar una veeduría para fiscalizar al CPCCS transitorio, presidido por el ahora fallecido Julio César Trujillo. El presidente del CPCCS actual, Alembert Vera, anunció que hasta el lunes, 11 de septiembre de 2023, se recibirán las inscripciones de los interesados en formar esta veeduría.

Su conformación surgió del juez multicompetente de la Unidad Judicial de Montecristi (Manabí), Patricio Quimís Sornoza. Él aceptó la acción de protección interpuesta por Betty Marcillo.

En ese marco, la Secretaría Técnica Jurisdiccional de la Corte Constitucional pidió información a los entes mencionados y al juez de Montecristi. En los documentos subidos por la Corte a su cuenta de X (antes Twitter) se requiere:

Al presidente del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, Alembert Vera, le pidieron en el plazo de 24 horas:
- Un informe pormenorizado, y debidamente documentado, sobre los actos que han sido y/o que se prevé serán ejecutados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social para asegurar el cumplimiento del dictamen interpretativo 2-19-IC/19 de 7 de mayo de 2019 a la luz de lo ordenado por el juez de instancia.

- Un informe pormenorizado, y debidamente documentado, sobre todas las
actuaciones de carácter administrativo (actas, resoluciones, etc.) adoptadas por el CPCCS para la conformación de la veeduría ciudadana ordenada por el juez de instancia.

- Copias de la normativa interna del CPCCS que regula el funcionamiento de la veeduría ciudadana, las facultades del pleno del CPCCS y de su presidente en relación con el proceso de conformación y el funcionamiento de tales veedurías.

-Un informe detallado, y debidamente documentado, sobre el estado y el momento procedimental en el que se encontraría la eventual conformación de la veeduría ciudadana a la que se refiere el juez de instancia en su decisión de 29 de agosto de 2023.

Según el texto, "la información solicitada es indispensable para establecer las acciones ejecutadas por el CPCCS para garantizar el cumplimiento del dictamen emitido por esta Corte y, en consecuencia, es un deber del CPCCS remitir esta documentación".

Por su parte, al juez de la Unidad Judicial Multicompetente Penal con sede en Montecristi, Leiver Quimis, le solicita:

- Copias del expediente completo en formato digital, del proceso de acción de protección 13U05202302325 iniciado por la señora Moreira Marcillo Betty
Mercedes, por sus propios derechos, en contra del Ab. Alembert Antonio Vera Rivera, presidente del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.

- Un informe del estado procesal actual en el que se encuentra la acción de protección 13U05202302325, en el que se incluya si ha sido planteado un recurso de apelación en la presente causa y en el caso de haberlo, si este ha sido elevado a la instancia superior.

La información requerida, expone, "es indispensable para determinar las medidas adoptadas por el juez de instancia para garantizar el cumplimiento del dictamen emitido por la Corte".

Mientras, a la fiscal general, Diana Salazar, solicita "un informe individualizado con sus correspondientes documentos de respaldo, respecto a las acciones y/u omisiones específicas que, en su consideración, podrían haber inobservado lo resuelto por el Pleno de la Corte Constitucional en su dictamen interpretativo 2-19-IC/19; así como, de la designación del Fiscal General del Estado Subrogante, de conformidad con lo señalado en el escrito de 5 de junio de 2023".

La información, sostiene, "es indispensable para verificar el cumplimiento del dictamen emitido por la Corte y, en consecuencia, es un deber de la máxima autoridad de la FGE remitir la información para verificar su cumplimiento".

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