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Ecuador / Viernes, 29 de Agosto de 2025
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Superintendencia de Compañías habilita facilidades de pago para la Contribución Societaria 2025

La Superintendencia de Compañías recordó a las empresas que deberán presentar sus Estados Financieros 2024, paso obligatorio para la determinación de la Contribución 2025, cuyo pago podrá realizarse con facilidades hasta diciembre.

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) informó que todas las compañías activas en el país deberán presentar sus Estados Financieros correspondientes al ejercicio económico 2024 durante el primer cuatrimestre de 2025, tal como lo establece el artículo 20 de la Ley de Compañías.

Una vez realizada la presentación, el sistema de la Superintendencia generará automáticamente la determinación tributaria de cada empresa, lo que habilitará el pago de la Contribución Societaria a partir del día siguiente en las entidades financieras autorizadas.

Modalidades de pago

La SCVS recordó que esta obligación recae sobre las compañías cuyos activos superen los 100.000 dólares, y que el valor establecido podrá cancelarse mediante:

  1. Ventanillas del Banco del Pacífico y Banco Guayaquil: en efectivo o con cheque certificado, indicando el número de expediente de la empresa.
  2. Botón de pagos en el portal www.supercias.gob.ec: habilitado para tarjetas de Banco Diners y Banco Pichincha, con opción de diferidos.
  3. Banca virtual de Banco del Pacífico (Intermático) y Banco Guayaquil: a través de la sección de empresas.

Facilidades de cumplimiento

Con el fin de aliviar la carga financiera de las compañías, la Superintendencia habilitó el beneficio de pago 50/50, que permite cancelar el 50% de la contribución hasta el 30 de septiembre de 2025 y el 50% restante hasta el 31 de diciembre del mismo año, sin intereses. Para acceder a esta facilidad, las empresas deben presentar una solicitud en línea a través del Portal de Trámites en el botón “Beneficio 50/50”.

Adicionalmente, las compañías podrán acogerse a convenios de pago de hasta 12 meses, aunque en este caso se aplicarán intereses.

Consideraciones especiales

La normativa también contempla que las holding o tenedoras de acciones pueden solicitar el cálculo de su contribución con base en los estados financieros consolidados, conforme lo señala el artículo 429 de la Ley de Compañías.

En el caso de las empresas extranjeras que operan en Ecuador, sean estatales, privadas o mixtas, la contribución se calculará tomando en cuenta únicamente los activos reales registrados en el país y reflejados en sus estados financieros presentados ante la SCVS.

Las Contribuciones Societarias son un mecanismo de financiamiento para la SCVS y constituyen una obligación legal para las compañías. Su cumplimiento no solo garantiza la operatividad del organismo de control, sino que también refleja la responsabilidad de las empresas en el marco del sistema societario ecuatoriano.

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