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¿Exceso de la Corte? Expertos creen que debió abstenerse en temas que la comprometen

Constitucionalistas sostienen que el máximo tribunal debió “abstenerse” de emitir un dictamen sobre ciertas preguntas planteadas por el presidente Daniel Noboa para la Consulta Popular

La Corte Constitucional decidió este jueves 4 de septiembre, no dar paso a tres de las siete preguntas propuestas por el presidente Daniel Noboa para la Consulta Popular prevista para diciembre. Varios constitucionalistas advierten que el organismo debió “abstenerse” de pronunciarse en temas que, según su criterio, comprometen el ejercicio de sus propias funciones.

Se trata de las preguntas relacionadas con la posibilidad de enjuiciar políticamente a los jueces de la Corte Constitucional, la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), así como la reapertura de casinos y salas de juego en hoteles cinco estrellas con un tributo del 25 % de las ventas destinado a programas contra la desnutrición crónica infantil.

A criterio de algunos constitucionalistas, la Corte debió “inhibirse o abstenerse” de emitir un dictamen sobre aquellas preguntas en las que estaría comprometiendo el ejercicio de sus funciones.

El abogado constitucionalista Gonzalo Silva sostiene que la postura de la Corte frente a estos temas debió ampararse en el artículo 232 de la Constitución, el cual establece que: “los servidores públicos deben abstenerse de actuar en los casos en que sus intereses entren en conflicto con la entidad en la que prestan servicios”.

“Tenían dos alternativas: dejar que el trámite siga por ministerio de la ley y se fije la fecha de la consulta, o inhibirse de conocerlo por la disposición citada”, aseguró Silva.

En cuanto a la pregunta sobre eliminar el CPCCS, existen posturas divergentes. El constitucionalista Ismael Quintana recordó que la Corte no ha variado su criterio sobre esta iniciativa. Tanto el Comité de Institucionalización de la Democracia como el expresidente Guillermo Lasso intentaron en su momento impulsarla sin éxito, debido a que debía tramitarse como reforma parcial y no vía enmienda.

Según Quintana, Noboa tiene dos caminos: acoger la decisión de la Corte mediante una reforma parcial en la Asamblea Nacional o modificar la pregunta retirando la potestad nominadora al CPCCS.

Por otro lado, Gustavo Pareja considera que la vía más adecuada es presentar una propuesta directamente al Consejo Nacional Electoral (CNE) y convocar a un referéndum. “Cuando se trata de cambios estructurales que afectan las competencias de la Corte, esta se opone de inmediato”, afirmó el experto.

Corte Constitucional a ‘contra reloj’

Quintana advierte, además, que el tiempo no es favorable para la Corte Constitucional, ya que dispone de un plazo de 20 días para emitir un dictamen definitivo sobre las preguntas, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Garantías Constitucionales.

El presidente Noboa reveló que la consulta y referéndum se realizará el 30 de noviembre de 2025, tras la reunión que mantuvo con Marco Rubio, secretario de Estado de Estados Unidos.

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