Tres exjueces fueron sentenciados por prevaricato en caso 'Cervecería Nacional'
La Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) declaró culpables de prevaricato a 3 exjueces acusados de violar la ley expresa y extralimitarse en sus funciones. Ellos integraron el tribunal que dictó sentencia en contra de la Cervecería Nacional el 4 de marzo de 2011.
En la reinstalación de la audiencia de juicio, el exmagistrado Roberto G. fue sentenciado a un año de prisión, mientras que los exjueces Camilo I. y Héctor C. recibieron 6 meses de prisión correccional.
Los exintegrantes de la entonces Tercera Sala de lo Penal y de Tránsito de la Corte Provincial del Guayas dictaron sentencia en segunda instancia, en la que obligaba a la Cervecería Nacional a pagar a sus empleados $ 90' 929.135 por concepto de utilidades.
En la diligencia, la Fiscalía consideró que esa sentencia quebrantó varias normativas como el Código de Trabajo, que en el artículo 573 señala que este tipo de controversias deben ser resueltas por jueces laborales.
El fiscal general, Galo Chiriboga, indicó que esa normativa fue vulnerada ya que en la sentencia no se consideró el tiempo de la prescripción del pago y se incluyó a extrabajadores desde 1990.
Así también, Chiriboga dijo que los exmagistrados contravinieron la Ley de Garantías Constitucionales Jurisdiccionales y Control Constitucional, que establece, en el artículo 19, un juicio verbal sumario, cuando exista un pago en dinero por reparación o cualquier otro motivo.
Otra ley que fue incumplida, según la Fiscalía, fue la de Modernización del Estado y Privatizaciones y Prestaciones de Servicios Públicos, puesto que los jueces resolvieron, a través de una acción de protección, un acto administrativo que debió impugnarse por la vía de lo contencioso-administrativo.
Durante la audiencia, la Fiscalía presentó el testimonio del perito informático, que concluyó que la sentencia no fue redactada en el computador que el Consejo de la Judicatura.
En el Código Penal, el delito de prevaricato está en el artículo 277 y establece la pena de uno a 5 años de privación de libertad. (I)
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