El juez de la Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Merck Benavides, negó la solicitud de prisión preventiva en contra del asambleísta de Sociedad Patriótica Galo Lara.
El pedido fue hecho por el fiscal general Galo Chiriboga, la tarde de ayer, durante una audiencia de revisión de medidas cautelares por la presunta participación del legislador en el triple asesinato ocurrido en Quinsaloma el 4 de agosto de 2011.
“Un legislador solo puede ser detenido en delito flagrante”, mencionó el juez, sustentando así su decisión. Sin embargo, resolvió prohibir la salida del país al asambleísta Lara.
Durante la audiencia, Chiriboga exigió la prisión preventiva a raíz de la declaración dada por el testigo Álex Vicente Cedeño Molina, quien -luego de un año de los asesinatos- afirmó que el legislador había amenazado constantemente a Carlos Humberto Llanos Avendaño, una de las tres víctimas del homicidio.
En el hecho también fallecieron la esposa y el hijo de Llanos Avendaño. Asimismo, acusó a Lara de haber planificado, conjuntamente con un grupo de policías, la muerte de sus primos.
Por su parte, Juan Vizueta, abogado de Lara, presentó documentación relacionada con la detención de Cedeño -el 25 de junio- por el delito de tenencia ilegal de armas y asesinato. La audiencia de sustitución de medidas cautelares en contra de Cedeño se realizó el 16 de julio, a las 15:00.
Sin embargo, según Vizueta, seis horas antes el Fiscal había solicitado a la CNJ que se tomara la versión de Cedeño.
Vizueta cuestionó el testimonio de Cedeño Molina y presentó todos los antecedentes penales por diversas causas, como estafa, delitos contra la vida, etc.
Los seguidores del asambleísta -quienes se concentraron en los exteriores de la CNJ- afirmaron que esto era parte de una persecución política.
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