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El levantamiento de sigilo bancario no es obligatorio

Los jueces ofrecieron una conferencia de prensa en las instalaciones de la Corte. No hubo paso a preguntas.
Los jueces ofrecieron una conferencia de prensa en las instalaciones de la Corte. No hubo paso a preguntas.
Foto: Mario Egas / EL TELÉGRAFO
03 de agosto de 2019 - 00:00 - Redacción Justicia

El Consejo de la Judicatura (CJ) no tiene potestad para pedir autorización del levantamiento de sigilo bancario  ni informes de no tener bienes en paraísos fiscales.

Ese fue el argumento con el cual tres magistrados de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) se basaron para no presentar la documentación, a pesar de que es uno de los requisitos del proceso de evaluación de jueces y conjueces.

 Pablo Tinajero, Miguel Jurado y Patricio Secaira ofrecieron ayer una conferencia de prensa, sin recibir preguntas de los medios de comunicación. Con copias de informes y formularios, detallaron por qué consideraron innecesario cumplir con la demanda del organismo.

La Judicatura solicitó a los 21 jueces y 15 conjueces de la CNJ autorizar el levantamiento de su sigilo bancario.

No obstante, hasta el cierre de la recepción de documentos, solo 27 cumplieron con la disposición. Según la Judicatura, Tinajero, Jurado y Secaira se negaron al pedido; otros dos no respondieron la petición del CJ y cuatro se encuentran con licencia otorgada. 

Los magistrados dieron sus versiones, pero coincidieron en que esos requerimientos los presentaron en la Contraloría del Estado, antes de posesionarse en sus cargos y lo han hecho cada dos años, como lo contempla la ley.

Secaira advirtió que no le parece necesario suscribir el formulario de levantamiento de sigilo, porque tal autorización ya consta en cada una de las declaraciones juramentadas de bienes que se registraron tanto al inicio de la gestión como servidor judicial como la periodicidad que exige la Contraloría.

Reiteró que la Constitución y la Ley de Declaraciones Patrimoniales de Bienes “tienen la competencia no solo para receptar esas declaraciones, sino de hacer el control de aquellas, mediante la verificación o el respectivo examen especial”. 

 “La Judicatura no tiene competencia para controlar o receptar información sobre el sigilo bancario”, indicó Secaira.

Tinajero añadió que desde la Judicatura no hubo una correcta notificación.

Dijo que sobre ese requisito se informó a Paulina Aguirre, presidenta de la CNJ, pero se debió remitir la solicitud a cada aspirante.

“Este es un proceso de evaluación personal en el que la presidenta de la Corte no tiene labor de notificador”.

El magistrado señaló que incluso en redes sociales se ha difundido el detalle de sus bienes patrimoniales, porque ya constan en la página de la Contraloría.

 Detalló que hay dos declaraciones; en una de ellas se registra un patrimonio por una deuda con el IESS.

Los tres magistrados coincidieron en que están abiertos a cumplir con esos requisitos bajo la condición de que sea extensivo a los miembros del CJ, a los integrantes de la Comisión de Expertos y a la de los Evaluadores.

Ante esta postura, Fausto Murillo Fierro, integrante de Control Disciplinario del CJ, indicó que este proceso se cumple tomando en cuenta un criterio de transparencia y evaluación integral.

Advirtió que el pedido de levantamiento de sigilo y de información de bienes en paraísos fiscales se realizó para que lo hagan de forma voluntaria.

“Los jueces que no han autorizado tendrán sus razones. Y el CJ solo toma nota de quienes autorizaron y quienes, no. Será la ciudadanía la que se forme un criterio al respecto”, expresó.

María del Carmen Maldonado, presidenta del CJ, en una ponencia ante la Comisión de Justicia de la Asamblea, reiteró que se trata de una selección que busca jueces probos, tal y como lo contempla el artículo 41 del Código Orgánico de la Función Judicial que trata de “la verificación permanente de la idoneidad de los jueces”.

“Se trata de un proceso técnico. No estamos aquí para perseguir”, indicó. (I)  

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