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Caso 30-S: Corte Provincial rechazó recursos de nulidad y apelación para militares

Caso 30-S: Corte Provincial rechazó recursos de nulidad y apelación para militares
14 de mayo de 2015 - 16:24

La Sala Penal de la Corte Provincial de Pichincha rechazó los recursos de nulidad y apelación a la sentencia en contra de 3 militares que fueron sentenciados a 3 años de prisión por incitación a la rebelión, durante los hechos del 30 de septiembre del 2010 (30-S).

El fallo fue emitido por el Tribunal Tercero de Garantías Penales de Pichincha, el 23 de enero del 2015.

De acuerdo a información proporcionada por la Fiscalía General, a través de una providencia, emitida el 13 de mayo de 2015, se conoció que los magistrados rechazaron los recursos “por existir la certeza de su culpabilidad, en base a los elementos probatorios, pericias y testimonios, practicados en la audiencia de juzgamiento con que la Fiscalía probó la materialidad y responsabilidad de los acusados”.

El pronunciamiento de los jueces se fundamentó en lo explicado por el fiscal del caso, Francisco Rosero, en la audiencia de nulidad y apelación, quien demostró la participación de los procesados en incitación a la rebelión.

Rosero expuso que existieron varias pruebas como cotejamiento de voces de audio por los hechos en La Recoleta, en el Centro de Quito, donde se registraron varias declaraciones por parte de los imputados. Luego se trasladaron a otros lugares como el Hospital de la Policía y la Base Aérea, eventos que fueron probados.

La Fiscalía argumentó que los procesados habrían participado en la revuelta policial del 30-S, cuando incitaban a unirse a la protesta general iniciada por algunos integrantes de la Policía Nacional.

Las manifestaciones se iniciaron en las afueras del Regimiento Quito (norte de la capital). Además habrían concedido entrevistas a medios de comunicación, lanzando consignas contra el Gobierno, videos que fueron públicos y posteriormente incorporado a este proceso.

El delito de incitación a la rebelión está tipificado y sancionado en los artículos 146 del Código Penal y contempla una pena de uno a tres años de prisión.

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