Super de Bancos administrará información crediticia, según proyecto de Asamblea
Las y los asambleístas recibieron el informe para segundo debate del proyecto de Ley derogatoria a la Ley de Burós de Información Crediticia y reforma las leyes del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, la de Economía Popular y Solidaria; de Compañías y de Instituciones del Sistema Financiero, que fue remitido por la Comisión de Régimen Económico y Tributario.
En lo principal, se crea el Registro de Datos Crediticios que contendrá las personas naturales y jurídicas, que no se podrá comercializar; se prohíbe la entrega del historial crediticio a cualquier institución que no esté determinada en la ley; toda la información crediticia individualizada de los últimos 20 años será administrada por la Superintendencia de Bancos y Seguros, así como los soportes de los créditos de los últimos 3 años; y, sanción hasta 50 remuneraciones a la institución financiera que entregue información falsa o maliciosa, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales.
La normativa evitará que la información crediticia personal se convierta en mercancía especulativa, no será vendida a las instituciones financieras y comerciales, las cuales utilizaban a su arbitrio, sin ninguna regulación, llegando hasta el punto de discriminación de los ciudadanos por su registro crediticio.
La información crediticia que tendrá la Superintendencia de Bancos y Seguros será verificable electrónicamente por los bancos en el momento de otorgar un crédito, con lo cual se mantiene el registro crediticio con un nuevo modelo que recolecta la información de las superintendencias de Bancos, de la Economía Popular y Solidaria, de Compañías y la consolida en la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos.
Tales datos no serán publicables, la dirección contará con una serie de procedimientos que garanticen los derechos de las personas referentes a la protección y manejo de la información crediticia.
Según el informe, la propuesta también norma el acceso gratuito de los titulares de la información al registro crediticio; así como los procedimientos para solicitar la rectificación de datos erróneos; y, por último, las sanciones para aquellos que no realicen un manejo adecuado de la información de carácter personal.
Las instituciones del sistema financiero público y privado tendrán un plazo de 60 días para entregar a la Superintendencia de Bancos y Seguros, el sustento de las operaciones crediticias activas de los últimos 3 años que se encuentren en la Central de Riesgos.
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