Ejecutivo veta parcialmente Ley de Consejos de Igualdad
El presidente Rafael Correa envió a la Asamblea Nacional la objeción parcial al proyecto de Ley de los Consejos Nacionales para la Igualdad, que promueve la protección y garantía de los derechos de los colectivos. El mandato constitucional de estos organismos es que garanticen la no discriminación para la construcción del Estado plurinacional e intercultural.
La objeción será resuelta por el pleno de la Asamblea Nacional en el plazo de 30 días, contados a partir de la fecha de notificación.
El Primer Mandatario recomienda textos alternativos a los artículos 8 y 11, así como a las disposiciones transitorias sexta y décima.
En el artículo 8, el presidente Correa recomienda que para participar como representante de la sociedad civil, se requiere ser sujeto destinatario de la política pública conforme a las temáticas de género, étnicas, generacionales, interculturales, de discapacidades y movilidad humana, del consejo para el cual se aplica, y no titular de derecho como constaba en el texto inicial.
Igualmente en el artículo referente a la designación de los secretarios técnicos, el Mandatario propone -a más de los requisitos expuestos en el texto inicial- que estos deban poseer tercer nivel de educación superior.
Los secretarios técnicos serán designados por el Presidente del Consejo respectivo, de fuera de su seno, serán de libre nombramiento y remoción y deberán poseer tercer nivel de educación superior. Ejercerán la representación legal, judicial y extrajudicial de los Consejos Nacionales para la Igualdad.
Sobre la disposición transitoria sexta propone que los recursos financieros, de infraestructura, los bienes muebles e inmuebles del Fondo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas del Ecuador pasarán a formar parte de la Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias, creada en la Ley de Economía Popular y Solidaria, fortaleciendo y ampliando la cobertura de los servicios de banca de segundo piso para las nacionalidades y pueblos indígenas, afroecuatorianos y montubios.
El recurso humano que actualmente presta sus servicios en el Fondo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas del Ecuador podrá pasar a la Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias, previa evaluación del Ministerio de Relaciones Laborales y de conformidad con los requerimientos institucionales.
Según el proyecto aprobado habrá 5 consejos de Igualdad, cada uno conformado por 10 integrantes, con sus respectivos suplentes.
Las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia enviarán a sus representantes. Los otros cinco serán representantes de la sociedad civil.
Datos
La principal tarea de los consejos es promover políticas que combatan la discriminación racial, de género y de otra índole, en Ecuador. Deberán “fortalecer la unidad nacional en la diversidad y la construcción del Estado plurinacional e intercultural”.
El artículo 156 de la Constitución establece que los consejos aseguran “la plena vigencia y el ejercicio de los derechos”. Para cumplir su tarea “coordinarán con las entidades rectoras y ejecutoras y con los organismos especializados en la protección de derechos en todos los niveles de gobierno”.
El representante del Ejecutivo será el presidente de cada consejo.
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