El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó este martes la Ley Orgánica de Regulación y Control del Tabaco. La normativa obtuvo los votos afirmativos de 104 legisladores, siete blancos, dos abstenciones y uno en contra.
Dentro de la ley se contemplan prohibiciones a los ciudadanos que consumen el producto y a las empresas que los fabrican.
De esta manera, los ciudadanos no podrán fumar en todos los espacios cerrados de las instituciones públicas y en las dependencias de salud y educación.
Tampoco se permitirá el consumo en zonas cerradas que sean lugares de trabajo, atención y acceso al público; medios de transporte público y en ambientes cerrados destinados a actividades deportivas.
La ley también establece la prohibición de la venta de productos de tabaco en centros de cuidado infantil, instituciones educativas públicas y privadas, desde el nivel básico hasta el superior, en establecimientos de salud, instituciones y escenarios dedicados a la práctica de deportes y a espectáculos deportivos, artísticos y culturales; instituciones públicas y espacios frecuentados por niños, niñas y adolescentes.
En Ecuador se estima que hay al menos 4.000 muertes anuales asociadas al consumo del tabaco.
En las próximas horas el proyecto será remitido al Ejecutivo para que el Presidente acepte u objete el cuerpo legal.
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