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Carlos Mora muere y su caso se mantiene impune

Carlos Mora muere y su caso se mantiene impune
12 de julio de 2011 - 00:00

Los amigos y familiares de Carlos Mora,  entre  lágrimas   ayer repetían en su velorio   que al morir el joven de 24 años, se confirmó  la impunidad de este caso de negligencia médica.

A inicios de la década del 90,  21 personas, Mora entre ellos,  contrajeron VIH  mientras se realizaban tratamientos de hemodiálisis en la clínica que pertenecía a Carlos Garcés Barriga.

Varios juristas consultados por este medio apoyaron   ese criterio. Ellos coincidieron  que al haber prescrito el caso, ahora  deberá ser juzgado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Rafael Esteves, abogado que litigó la causa en las cortes nacionales, explicó que aun contando con pruebas de negligencia médica, Galo Garcés no fue juzgado porque jamás regresó al país.

“El pedido de extradición lo negó Galo Pico Mantilla, entonces presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ)”,  recordó Esteves.

Para negar la solicitud, la CSJ se basó en el Tratado Complementario de Extradición firmado entre Estados Unidos y Ecuador en 1872. Dicho documento no  contempla la negligencia médica como una causa de extradición.

Este tratado bilateral sigue vigente,  dice Alejandro Vásconez, director de Coordinación Interinstitucional  del Ministerio de Justicia.

Jorge Paladines, asesor de la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, indicó que la extradición es un trámite político y jurídico. “Estados Unidos es el país menos adecuado para extraditar; veamos el caso de Jamil Mahuad, él tampoco ha sido extraditado”, dice Paladines.

El jurista catalogó a esta negligencia médica como un “dolo eventual”. Esta figura, aclaró,  no existe en nuestro Código Penal, pero sí en la doctrina legal y en otros países como Francia y Alemania.

“Aquí tenemos el delito culposo, que es de menor gravedad que el dolo eventual, porque este último endilga mayor responsabilidad en quien se encuentra en posición de garante, en este caso el médico y la enfermera que realizaban las diálisis”, señala.

Esteves consideró que  la negativa de extradición  de parte de Pico Mantilla fue una “ridiculez”, ya que los demandantes apelaron al derecho internacional y a  la solidaridad de otros países para combatir el delito cuando pidieron la extradición del médico. “Pico se fue por la tangente con ese dictamen”. 

Betty Valdivieso, hija del tercer fallecido que adquirió el VIH en la Clínica de Galo Garcés, aseguró que con la negativa de extraditarlo, el caso quedó en la impunidad, pues la audiencia de juzgamiento a la que había sido convocado no pudo realizarse.  Este proceso, que se inició en 1998, al no haber sido sentenciado,  prescribió en  2001.

Hoy el caso es revisado en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, según Esteves.
Carlos Villacreces, delegado de la Defensoría del Pueblo, explicó que este organismo internacional puede determinar la reparación económica por parte del Estado a las familias o la reapertura del caso, para que se complete la investigación. “Si la justicia ecuatoriana ya se pronunció, como  sucedió en  este proceso, el caso  prescribe”.

Billy Navarrete, secretario del Comité Permanente para la Defensa de los Derechos Humanos, consideró que la causa de los 21 infectados de VIH-Sida en la clínica nefrológica  del doctor  Garcés constituye uno de los casos más graves de impunidad.

El funcionario dijo que los familiares y miembros de organismos de derechos humanos han pedido al anterior Congreso Nacional y ahora Asamblea, que revisen la legislación en temas de negligencia médica.  “Esta falta de legislación  ha sido señalada  por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”.

Carlos Mora falleció en la madrugada de ayer, precisó Eusebio, su padre, y agregó: “Últimamente sufría mucho durante las diálisis, pero no vimos esto venir”.

No existen leyes específicas para este delito en el país

En el Código Penal no existe un delito tipificado para la mala práctica médica, dice Jorge Paladines, asesor de la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional. El abogado considera que si se colocara esta categoría, podría convertirse al código en un “catálogo abusivo de trampas”, pues habría que incluir todas las malas prácticas profesionales, manifiesta.

En cambio, para Billy Navarrete, del Comité de Defensa de los Derechos Humanos, sí debería incluirse, porque actualmente se juzgan estos actos como homicidios no intencionados. Por eso señala que estos hechos quedan, generalmente, en la impunidad.

Señala como muestra de esta realidad  a las familias que  se reúnen, todos los miércoles, en los exteriores  de la Corte Nacional de Justicia para exigir indemnizaciones por daños sufridos en clínicas y hospitales.

 

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