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El Telégrafo

La seguridad jurídica

06 de noviembre de 2020 - 00:00

La seguridad jurídica es un principio del derecho reconocido en todo el mundo. Se basa en la certeza de la aplicación de la ley y en la vigencia plena del Estado de garantías y derechos. Las corporaciones invierten millones de dólares en algunos países más que en otros por este grado de cumplimiento a las normas. Saben que pase lo que pase, sus bienes no serán dañados o destruidos y las instituciones actuarán de acuerdo con las leyes aprobadas. No hay espacio para lo discrecional.

Estudiosos de la economía, el derecho y la sociología coinciden en que mientras mayores son los niveles de seguridad jurídica en los países, crecen la inversión, el bienestar y el  sentido de pertenencia.

Por ello preocupa que la Comisión de Fiscalización de la Asamblea haya aprobado con nueve de 11 votos el informe para convocar a juicio político a la ministra de Gobierno, María Paula Romo.

Es contradictorio porque la Ministra es una autoridad civil, no policial. Y se pretende aplicar el artículo 120 del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público (COESCOP), que prevé una sanción para policías. Imagine que mañana se juzgue una actuación suya con un código militar o policial.

Además, en ese informe de la comisión se respalda el trabajo de la Policía Nacional, se condena los hechos de violencia, pero se pide la destitución de la Ministra Romo. Extraño, se omite que hubo una conmoción social evidente para todo el país, un grupo de violentos que incendiaron Quito y pusieron en marcha un intento de golpe de Estado. Eso es darles un espaldarazo y dejar un halo de impunidad sobre toda esa destrucción. Pero se sanciona a la cabeza que mantuvo la democracia y la institucionalidad. No es legal ni lógico.

La Comisión de Fiscalización señala que tiene los indicios suficientes para que el Pleno debata la responsabilidad política de  la Ministra Romo en el  de bombas lacrimógenas a centros de paz y acogida humanitaria". ¿Qué significaría el reconocimiento de la existencia de "centros de paz"? ¿Había "zonas de guerra" donde el combate era autorizado? No. En Ecuador no había guerra, pero se puso una referencia de normativa internacional que no correspondía y no corresponde a los hechos. 

Así llegará este proceso al Pleno: con un informe contradictorio, con legisladores que tienen conflictos de intereses y piensan más en ellos que en el país, con normas interpretadas a conveniencias y aplicadas de forma errónea. De todos modos, la mayoría legislativa tendrá la última palabra y podrá escoger entre la "vendetta" política o el respeto a  la seguridad jurídica. 

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