Acuerdo ministerial evita despidos injustificados
Entre los acuerdos ministeriales anunciados por el Ministerio de Trabajo está la regulación, registro y control de los trabajadores sustitutos que reemplazan a las personas con discapacidad cuando deben ausentarse de sus puestos.
Las recientes modificaciones hacen precisiones al artículo 48 de la Ley Orgánica de Discapacidades referente a los sustitutos. El acuerdo establece que el registro se hará
en el Sistema de Administración Integral de Trabajo y Empleo (Saite) y en el Sistema Informático Integrado de Talento Humano (Siith).
Según la ley las instituciones públicas y privadas que cuenten con más de 25 trabajadores están obligadas a contratar un mínimo de 4% de personas con discapacidad.
Hasta julio de 2016, 87.030 personas con discapacidad eran laboralmente activas, según el Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades (Conadis).
Los sustitutos, dice la ley, pueden ser parientes hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, y podrán formar parte del porcentaje de inclusión laboral. Los empleadores no podrán contratar más del 50% de sustitutos.
Con el nuevo registro, el Ministerio de Trabajo no solo podrá verificar si las instituciones cumplen con el 4%, sino también evitar despidos injustificados, destacó el ministro Raúl Ledesma. “Añadimos a las personas que tengan a su cargo la manutención de una persona con discapacidad, indistintamente de su edad, pudiera ser hasta un menor de edad”, acotó Ledesma. Los ingresos deberán ser destinados a la manutención.
Para Mario Puruncajas, presidente de la Federación Nacional de Ciegos del Ecuador, el beneficio es en doble vía porque crea condiciones de igualdad para quienes no podían acceder al sustituto y, por otro lado, las instituciones podrán cumplir con el porcentaje de la ley.
Aunque afirmó que la reforma es un gran avance para los derechos de los discapacitados, considera que aún falta camino para alcanzar total equidad en el mercado laboral.
Frente a ello, la Federación propone que los perfiles que manejan las empresas sean más flexibles; justicia en los ascensos; inclusión proporcional, por ejemplo, que las personas con discapacidad visual son el 12,5% del universo de discapacidades, pero en el mercado laboral se encuentran prestando servicios únicamente el 7,5%. (I)

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