SRI habilitó nuevo esquema del formulario para la proyección de gastos personales de 2022
Los trabajadores en relación de dependencia deben presentar la proyección de sus gastos personales a sus empleadores dentro del mes de enero de 2022. Para lo cual, la página web del Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó el formulario único para la proyección de gastos personales actualizado.
Este documento incluye las rebajas del impuesto a la renta causado por gastos personales sustentados en comprobantes de venta, del 10 % y el 20 % de dichos gastos.
La entidad informó que estas reformas fueron creadas a través de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, tras la pandemia covid-19. Para personas naturales es aplicable antes de imputar créditos tributarios a los que haya lugar de conformidad con la Ley.
Para acceder al formulario, los contribuyentes deben realizar los siguientes pasos:
- Ingresar a sri.gob.ec
- Ir a la sección Información sobre impuestos
- Después a ¿Cómo declaro mis impuestos?
- Posteriormente a Formulario y guías donde debe buscar e ingresar a Gastos Personales
Además, el SRI indicó que la fracción básica desgravada del impuesto a la renta para el periodo fiscal 2022 es de $ 11.310,00, y serán deducibles los gastos realizados en el país sustentados en comprobantes de venta por concepto de:
- Arriendo o pago de intereses por créditos para adquisición de una sola vivienda.
- Alimentación.
- Pensiones alimenticias.
- Turismo nacional en establecimientos registrados y con LUAE la Licencia Metropolitana Única para el Ejercicio de Actividades Económicas).
- Educación (incluye los gastos efectuados en arte y cultura).
Sobre el nuevo esquema del cálculo de gastos personales, el SRI explicó que para calcular los ingresos brutos anuales se sumarán todas las remuneraciones, comisiones o bonificaciones, incluidos los décimos y fondos de reserva.
Por otro lado, para calcular el monto máximo de rebaja del impuesto a la renta causado por gastos personales expuso tres escenarios:
- Si los ingresos brutos anuales del contribuyente (incluidos los ingresos exentos) no superan 2,13 fracciones básicas desgravadas (año 2022: $ 24.090,30), aplicará una rebaja del 20 % del valor menor entre los gastos personales o el valor de 7 canastas familiares básicas (hasta $ 1.007,51).
- Si los ingresos brutos anuales del contribuyente (incluidos los ingresos exentos) superan 2,13 fracciones básicas desgravadas (año 2022: $ 24.090,30), aplicará una rebaja del 10 % del valor menor entre los gastos personales o el valor de 7 canastas familiares básicas (hasta $ 503,76).
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