Ecuador, 25 de Abril de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
José Javier Villamarín

Tridimensionalidad legislativa

29 de abril de 2021 - 00:00

Tenemos muchas leyes. Valoramos el rendimiento de nuestros legisladores en función de la cantidad de iniciativas presentadas, derivando muchas de ellas, en una suerte de “leyes orgánicas”, que al menos, en teoría, son excepcionales en un ordenamiento jurídico sujeto a los principios del Estado de Derecho, aunque el artículo 1 de la Constitución renunció con consciencia a este modelo.

Existen leyes que son imprescindibles para garantizar la armonía social y el desarrollo económico. Pero otras nacen muertas porque les falta lógica y razón, y algunas resultan redundantes o inconexas con el ordenamiento jurídico; agigantan los trámites burocráticos, frustran los esfuerzos de mejora regulatoria y abren, inexorablemente, la búsqueda de atajos y la aparición de fisuras por las que se cuelan todo tipo de interpretaciones que facilitan la corrupción.

El rápido cambio que las sociedades actuales demanda de veloces y continuas reformas legislativas, sin embargo, esto no justifica fomentar la teoría de la “motorización legislativa”. Muchas leyes y poca sujeción es el problema. La discrecionalidad y la hiperactividad legislativa debilitan el Estado de Derecho, crean océanos de incertidumbre y descreditan a las instituciones.

La técnica legislativa es un arte que requiere de ciertas habilidades para llegar a la correcta elaboración de la norma. En otras palabras: no se trata de no tener legislación, sino contar con una que solucione problemas. Según datos del INEC, para marzo de 2021, la tasa de desempleo alcanzó el 5,5% a nivel nacional, siendo el empleo femenino el más afectado, y en el estudio “Volver a crecer”, el Banco Mundial indica que nuestra región es la más golpeada del mundo por la crisis del Covid. La contracción del PIB resultó ser más grave de lo que se esperaba (-6.7%) y pese a que existen claros indicios de recuperación (4.4% para 2021), el multilateral, subraya que existen suficientes razones para ser pesimistas.

Siempre que construyamos un andamiaje jurídico “justo”, “legal” y “eficaz”, será más fácil no solo exigir su cumplimiento, sino enfrentar las pruebas que nos ha traído la pandemia. Esta tridimensionalidad legislativa –si se me permite- tiene su origen en el pensamiento del distinguido jurista italiano Norberto Bobbio quien sostenía que una norma es justa cuando guarda correspondencia con un sistema de valores en los que se asienta un orden jurídico; es eficaz cuando es acatada y cumplida por sus destinatarios, y si es transgredida, existen los recursos coercitivos para que la autoridad la haga cumplir; y, es válida, cuando su existencia, más allá de su justicia o eficacia, ha sido expedida por una autoridad competente y legítima según la norma fundamental, además de no ser incompatible con otra superior.

El “problema” del ordenamiento jurídico ecuatoriano es fenomenológico (léase “eficacia”). Los nuevos legisladores tienen, por tanto, el reto de elevar la nula o escaza credibilidad que tiene la Función Legislativa, no solo fiscalizando, sino comprendido el debate legislativo y evitando que la norma carezca de realidad o que la realidad carezca de norma. (O)

Contenido externo patrocinado

Ecuador TV

En vivo

Pública FM

Noticias relacionadas

Social media