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El Telégrafo

El estatuto jurídico de inocencia

25 de septiembre de 2018 - 00:00

De tiempo en tiempo es bueno recordar a los analistas, comentaristas, entrevistadores y articulistas de los medios de comunicación y a quienes utilizan las redes sociales, sobre la existencia del estado jurídico de inocencia hasta que no exista sentencia condenatoria en firme. La Constitución garantiza este estatus. La normativa del Derecho Internacional sobre los Derechos Humanos reviste de mucha importancia en relación al principio de inocencia (presunción de inocencia). Han pasado más de doscientos años que la imaginación ilustrada pergeñó este principio como dique frente a la arbitrariedad y a la aplicación de la pena de sospecha. En casos muy sonados especialmente hay que dejar a la administración de justicia penal (fiscales y jueces) que actúe sin presiones endógenas o exógenas. (O)

Carlos Humberto Zambrano Zúñiga

 

 

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