Publicidad

Ecuador, 19 de Mayo de 2025
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
+593 98 777 7778
El Telégrafo

Publicidad

Derecho adquirido

30 de septiembre de 2013

El acuerdo ministerial 127 del Ministerio de Relaciones Laborales, publicado en el Suplemento 48 del Registro Oficial del 31 de julio de 2013, indica que luego del 31 de diciembre de 2013 las instituciones del Estado no asignarán ni entregarán valor alguno para cubrir el servicio o rubro de alimentación. También señala que a partir del 31 de julio del año en curso las instituciones no podrán suscribir contratos destinados a la provisión de servicios de “alimentación” para los servidores públicos.

El presidente de la Federación Nacional de Servidores Públicos manifestó que con esta decisión se está quitando un “derecho” que los servidores públicos tenían desde 1990, y señaló que antes había dos jornadas y los funcionarios regresaban a su casa, pero sin embargo, al unificar la jornada de trabajo, aparecieron anemias o enfermedades gástricas, por eso se buscó esta solución para “proteger la salud de los trabajadores”. Además, este funcionario considerá que la decisión del Ministro de Relaciones Laborales es “ilegal”, pues no tiene facultad para “eliminar el derecho” de los servidores públicos, y opinó que eso se debe a la falta de presupuesto en el Gobierno.

Los “derechos adquiridos” están íntimamente relacionados con la aplicación de la ley en el “tiempo”, pues una ley “posterior” no puede tener “efectos retroactivos” para desconocer las situaciones jurídicas creadas y consolidadas bajo la ley “anterior”.

Para Louis Josserand, decir que la “nueva ley” debe “respetar” los “derechos adquiridos”, es decir que no se debe traicionar a la confianza que depositamos en ella, y que las situaciones creadas, los “actos” realizados bajo su “protección” continuarán intactos, ocurra lo que ocurra.

Eco. Ángel Calderón Mayorga

Publicidad Externa

Ecuador TV

En vivo

El Telégrafo

Pública FM

Noticias relacionadas

Social media