Ecuador, 28 de Abril de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
Comparte

Nuevo reglamento: No tener tatuajes para ingreso a la Policía

En el nuevo Reglamento, aprobado en noviembre de 2023, se explica que los aspirantes no pueden tener tatuajes en ninguna parte del cuerpo para ingresar a la Policía Nacional. Sin embargo, la Dirección de Educación de la entidad trabaja en instructivos para determinar qué tipo de tatuajes serán considerados en el proceso de reclutamiento.
En el nuevo Reglamento, aprobado en noviembre de 2023, se explica que los aspirantes no pueden tener tatuajes en ninguna parte del cuerpo para ingresar a la Policía Nacional. Sin embargo, la Dirección de Educación de la entidad trabaja en instructivos para determinar qué tipo de tatuajes serán considerados en el proceso de reclutamiento.
Foto: API
17 de enero de 2024 - 16:45 - Redacción Web

No tener tatuajes es uno de los 22 requisitos para ingresar a la Policía Nacional, según el Nuevo Reglamento de Reclutamiento que se aprobó el 22 de noviembre de 2023. Esta norma rige para los próximos llamamientos. El más cercano será a finales de enero para servidores directivos y para la tropa se hará a lo largo de este 2024. 

José Vargas, director Nacional de Educación de la Policía Nacional, explicó que en el artículo 45, numeral 14, se determinó que el aspirante “no poseer tatuajes” en ninguna parte del cuerpo. Antes, en el Reglamento de Uniformes -vigente desde abril de 2023- este requisito no era vinculante; hoy sí lo será para los nuevos llamamientos. 

Para ello se trabaja en instructivos. “Tenemos el reglamento actual, pero en la norma se contempla la construcción de normas menores. A este reglamento se va a incluir un instructivo que establezca con claridad qué tatuajes estamos hablando para que alguien no pueda ser parte del proceso de reclutamiento”. 

En la nueva norma de reclutamiento además se indica que no puede tener expansores en lugares visibles, es decir, aquellos aparatos que se usan para expandir los lóbulos de las orejas u otras partes del cuerpo. 

Esta decisión -indicó- se dio para evitar que miembros de las organizaciones criminales o terroristas puedan ingresar a la Policía. “Tenemos muy claro que hay muchos jóvenes que se realizan tatuajes no por pertenecer a organizaciones criminales sino por una referencia de un artista o tal vez algún amigo. Pero en este momento, el país está viviendo una guerra interna donde se ha declarado la guerra a 22 grupos terroristas, por lo que nosotros debemos precautelar que ninguno de estos ciudadanos tenga la oportunidad de ingresar a la Policía Nacional”. 

Vargas añadió que esta decisión de no permitir tatuajes para los aspirantes es parte de “mantener la estricta disciplina para ser policía”. 

A esto se suma que “Necesitamos la confianza de la ciudadanía en la Policía y la institución. Estamos trabajando en eso queremos conjuntamente con otras instituciones de Seguridad Ciudadana y seguridad pública devolver la paz y la tranquilidad al Ecuador 

En ese marco, Vargas detalló que la Policía hizo un trabajo de revisión de 4.000 tatuajes para establecer su origen. Por ejemplo -dijo- la corona es una representación relacionada con el grupo Latin Kings, quienes usan ese gráfico, incluso, para establecer jerarquías, “dependiendo del número o tamaño de la corona”. 

¿Cuáles son los otros requisitos para ingresar a la Policía? 

-Registrarse en el SIstema de Reclutamiento y adquirir el prospecto

-Ser ecuatoriano de nacimiento 

-Estatura mínima 1,68 cm para hombres y 1,57 cm para mujeres descalzas 

-No haber sido de bajado o cesado de las escuelas o centros de formación de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional o de alguna de las entidades de Seguridad Ciudadana y orden público

-No haber sido dado de baja de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y algunas de las entidades de Seguridad Ciudadana y orden público por cualquier circunstancia, a excepción de los servidores policiales técnico operativos que soliciten el cese voluntario con el objeto de ingresar al centro de formación al nivel directivo. 

-No haber recibido sentencia ejecutoriada por cualquier delito.

-No haber recibido sentencia condenatoria ejecutoriada por contravención, sancionada con pena privativa de la libertad

No registrar investigaciones previas o procesos judiciales de carácter penal pendientes. 

-No haber recibido sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos o contravenciones en asuntos de violencia intrafamiliar o de género. 

-No encontrarse inmerso en algunas de las inhabilidades contempladas en el Código Orgánicos de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Pública, en el que fuere aplicable al proceso de reclutamiento o en lo establecido por la ley. 

-No estar afiliado a ningún partido político

-No tener impedimento para ejercer cargo público

-No tener antecedentes penales 

-No tener tatuajes 

-No tener expansores en lugares visibles del cuerpo 

-No adeudar dos o más pensiones alimenticias 

-No poseer enfermedades preexistentes 

-No poseer carnet del Conadis

-No mantener juicios de coactivas

-Declaración juramentada del postulante de no haber participado en actividades relacionadas  con hechos de corrupción, delincuencia individual u organizada. 

-Aprobar cada una de las fases del proceso de reclutamiento y selección 

-Cumplir con los requerimientos y requisitos. 

Contenido externo patrocinado

Ecuador TV

En vivo

El Telégrafo

Pública FM

Noticias relacionadas

Social media