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Relator Especial de la ONU recomienda a Ecuador actualizar el Código Orgánico de Salud

Relator Especial de la ONU recomienda a Ecuador actualizar el Código Orgánico de Salud
Foto: Archivo / ET
08 de julio de 2020 - 13:32 - Redacción Web

El Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, Dainius Pūras, visitó Ecuador del 17 al 26 de septiembre de 2019.

Durante su visita, Pūras pudo observar los logros y desafíos del sistema de salud pública. El Relator Especial examinó cuestiones como la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad de los servicios, productos e instalaciones de salud, así como los determinantes sociales y subyacentes de la salud física y mental en el país.

Se interesó por cuestiones como el acceso a la atención primaria de la salud y a los servicios de salud mental, el derecho a la salud de los niños y adolescentes -incluida la salud sexual y reproductiva-, las políticas y los programas para ayudar a las personas con VIH/SIDA, y el disfrute del derecho a la salud por parte de la comunidad LGBTI".

El experto de las Naciones Unidas centró su atención en grupos vulnerables, tales como comunidades indígenas, afrodescendientes y migrantes, entre otros.

Pūras visitó varios establecimientos de salud en Quito, Lago Agrio, Otavalo y Guayaquil, tales como hospitales generales y centros de atención primaria de la salud, un hospital psiquiátrico y un centro ambulatorio de salud mental, un hospital de ginecobstetricia, un centro intercultural de salud y un centro de atención en frontera en el que se prestan servicios a migrantes y refugiados.

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El Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, Dainius Pūras, visitó Ecuador del 17 al 26 de septiembre de 2019.

El informe con sus conclusiones y recomendaciones finales sobre su visita a Ecuador fue presentado por Pūras al Consejo de Derechos Humanos de la ONU.

En el texto, Pūras indicó que el Ecuador está en una situación idónea para alcanzar la cobertura sanitaria universal y cumplir otros objetivos relacionados con la salud.

"Sin embargo, para que ello suceda, deben establecerse ciertos elementos fundamentales. En primer lugar, debe realizarse una inversión sustancial y sostenible en servicios de atención primaria, servicios modernos de atención de la salud mental y cuidados paliativos, incluso en tiempos de restricciones financieras", se refirió.

Con respecto a la inversión en infraestructura sanitaria, acotó que "se debe complementar con una buena atención, prestando especial atención a la cobertura y accesibilidad de los servicios de salud en las zonas rurales y en las zonas habitadas por pueblos indígenas y afroecuatorianos".

Para Pūras existe el riesgo de que las medidas de austeridad y los recortes presupuestarios propuestos por el Gobierno afecten a la eficacia y la sostenibilidad del sistema nacional de salud.

Entre las recomendaciones que Pūras hizo al Ecuador en su informe está que el Estado garantice los recursos financieros y humanos necesarios para mantener niveles suficientes de acceso a los servicios de salud y alcanzar por lo menos el 4 % del PIB previsto en la Constitución.

A ese respecto, el Relator Especial recomienda que se examinen las medidas económicas adoptadas y las que se están examinando, y asegure la transparencia y el diálogo, a fin de garantizar el derecho a la salud física y mental de todas las personas.

En particular, recomienda que se realice una importante inversión en la atención primaria de la salud, los servicios de salud mental y diversas iniciativas encaminadas a combatir la violencia contra las niñas y las mujeres, como asunto de máxima prioridad, y que se facilite la aplicación eficaz y sostenible de políticas públicas en ese sentido.

Además, sugiere que se adopte sin demora un Código Orgánico de Salud actualizado, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos. El Relator Especial recomienda que las exenciones por objeción de conciencia tengan un alcance bien definido y un uso bien regulado, y que se disponga de sistemas de derivación de pacientes y otro tipo de servicios en los casos en que un proveedor de servicios plantee una objeción.

También recomienda que, en el nuevo Código Orgánico de Salud, se incluya una sección que trate específicamente de la atención especial y especializada de las enfermedades raras. (I)

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