La prohibición de venta de alcohol durante la jornada electoral prevista en Ecuador para el próximo domingo 17 de febrero comenzará el viernes 15 a las 12:00 y culminará el lunes 18 de febrero a las 05:00.
El artículo 123 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador plasmado en el Código de la Democracia establece que la prohibición debe regir 36 horas antes de elecciones y 12 horas posteriores a las mismas.
Esta prohibición regirá para el consumo, venta y distribución de bebidas alcohólicas. Los ciudadanos que infrinjan la ley en los días previos a los comicios o que ingresen a un recinto electoral en estado de embriaguez serán sancionados con una multa del 50% de una remuneración mensual básica unificada, es decir 159 dólares.
En los días previos, si se encuentran personas en estado de embriaguez o libando en la vía pública serán aprendidas por miembros de la Policía Nacional. Si oponen resistencia o propician escándalos serán llevadas al Centro de Detención Provisional (CDP) y sancionadas con prisión por escándalo público.
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