Ecuador / Viernes, 10 Octubre 2025

Así se calcula el pago si trabajas durante el feriado del 9 de octubre

El Código de Trabajo establece que los feriados son días de descanso obligatorio y no recuperables. Si laboras en estas fechas, tienes derecho a recibir el doble de tu salario por hora.
Foto: Redes sociales
El Código de Trabajo establece que los feriados son días de descanso obligatorio y no recuperables. Si laboras en estas fechas, tienes derecho a recibir el doble de tu salario por hora.

 El Gobierno Nacional decretó que el jueves 9 de octubre será día de descanso obligatorio para los sectores público y privado, como parte del feriado extendido por la Independencia de Guayaquil.

De acuerdo con el Código de Trabajo, los feriados son jornadas no recuperables y de descanso obligatorio. Sin embargo, si un trabajador presta sus servicios en estos días, tiene derecho a recibir un recargo del 100%, es decir, el doble del valor por hora de su salario habitual.

Este pago adicional se debe a que el trabajo en feriado se considera extraordinario.

¿Cómo calcular tu pago por trabajar en feriado?

El cálculo es sencillo y se realiza en tres pasos:

  1. Determina tu salario por hora: divide tu salario mensual entre 160 (las horas laborables promedio al mes en una jornada de 8 horas diarias).

  2. Calcula el valor de la hora en feriado: multiplica el resultado por 2, ya que aplica un recargo del 100%.

  3. Totaliza tu pago: multiplica el valor obtenido por el número de horas que trabajes durante el feriado.

Por ejemplo


Si tu salario mensual es de USD 470 y trabajas 8 horas en el feriado, el cálculo sería:

  • Salario por hora: 470 / 170 = USD 2,76

  • Valor de la hora en feriado: 2,76 × 2 = USD 5,52

  • Pago total por 8 horas: 5,52 × 8 = USD 44.16

El decreto establece que, para el sector público, la recuperación del día se definirá posteriormente, mientras que en el sector privado será a discreción de cada empresa.

De esta manera, quienes trabajen durante el feriado del 9 de octubre deberán recibir su remuneración adicional conforme lo dispone la ley.

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