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Ecuador inicia el sábado la concesión de visa humanitaria a venezolanos

Ecuador inicia el sábado la concesión de visa humanitaria a venezolanos
Foto: Referencial
24 de octubre de 2019 - 15:19 - Redacción Web

El Gobierno ecuatoriano comenzará el sábado 26 de octubre de 2019 el proceso digital de concesión de la visa humanitaria para emigrantes venezolanos, dentro de una campaña de regularización decidida por el presidente Lenín Moreno el pasado verano.

La regularización, exigida por el decreto 826, se realizará en un "consulado virtual", anunció este jueves el viceministro de Movilidad Humana, Carlos Alberto Velástegui, en la que precisó que estará abierta hasta el 31 de marzo de 2020.

La medida se aplica a quienes no hayan violado las leyes ecuatorianas y que hayan ingresado hasta el 26 de julio de 2019, por los puntos de control migratorio.

El objetivo de esta plataforma (www.consuladovirtual.gob.ec) es "facilitar el acceso a los ciudadanos venezolanos a la regularización" y ayudarles a "integrarse social y económicamente a través de un plan de vida".

Velástegui, aclaró que el Estado ecuatoriano no genera ningún tipo de subsidio o destina presupuesto alguno para los ciudadanos extranjeros. Precisó además que dicho apoyo proviene de los compromisos que a nivel global mantienen los organismos internacionales como el Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas (PMA), con el apoyo de ACNUR y HIAS entre otros, que organizan y contemplan programas de ayuda para personas en situación de movilidad en extrema vulnerabilidad en distintas partes del mundo.

Desde hace dos años, por Ecuador han pasado alrededor de 1,6 millones de venezolanos, de los que unos 400.000 se habrían quedado en el país y el resto seguido viaje a otros países, sobre todo Chile y Perú.

El pasado verano, ante previsiones de que su número crecería hasta fin de este año hasta el medio millón, Moreno anunció la exigencia de una visa humanitaria y un censo con el fin de conocer el alcance de esta migración y poder planificar políticas de estado.

Ello supuso un descenso dramático en la migración, de un promedio de 1.500 diarios a varias decenas semanales.

De los que se han radicado en el país estos últimos años, apenas unos 125.000 han obtenido o aplicado a algún tipo de visado, por lo que la gran mayoría ni siquiera consta en los registros civiles.

Ecuador busca que su registro sirva no sólo para regularizar la situación, sino también para que estos migrantes puedan "desarrollarse" a título personal y "contribuir al desarrollo del país", ya que podrán registrarse ante los organismos pertinentes y acceder a servicios y cumplir sus obligaciones tributarias.

El nuevo proceso digital comenzará con el "registro migratorio" de la persona y la verificación por el Ministerio de Gobierno (Interior) de que es apto para la llamada "visa de excepción humanitaria", lo que puede requerir también una entrevista frontal.

Será necesario para ello un pasaporte (con fecha de caducidad máxima hace cinco años) y un certificado de antecedentes penales apostillado en el caso de los adultos.

En el de menores, no será obligatorio un pasaporte pero sí un certificado de nacimiento, y en ese caso el procedimiento es solo gestionable cara a cara ante un funcionario.

En la rueda de prensa, Ecuador ha destacado que el proceso se realiza de acuerdo a las leyes y acuerdos internacionales, entre ellos los acuerdos del Proceso de Quito sobre migración venezolana.

El "consulado virtual" operará para los migrantes que ya se encuentren en Ecuador, mientras que los que desean llegar al país deberán hacerlo en los consulados pertinentes en cada capital.

Una de las nuevas medidas adoptadas es la de que sin pasaporte no se podrá obtener la visa humanitaria, advirtió Velástegui, quien recordó que en el caso de algún otro inconveniente, existen otras categorías de visa a las que acceder.

"Una negativa de la visa de excepción humanitaria, no impide que el ciudadano venezolano pueda optar por otra visa, y las decisiones tendrán que ser tomadas por las entidades competentes", precisó. (I)

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