El presidente de la República, Rafael Correa, expidió hoy un decreto a través del cual se crea la Empresa Pública Nacional de Hábitat y Vivienda, cuyo objetivo será el incrementar la oferta de vivienda con el fin de corregir fallas de mercado en el segmento de vivienda de interés social y prioritario.
El Decreto Ejecutivo 622, que consta de 8 artículos y una disposición transitoria, detalla que entra las actividades que ejecutará esta empresa pública constan: planificar, habilitar y urbanizar suelo para desarrollo urbano y vivienda.
También podrá "realizar planes, programas y proyectos de desarrollo urbano y vivienda que incluyan actuaciones de mejoramiento, rehabilitación y semejantes, sobre inmuebles de propiedad pública para diversos usos y formas de ocupación, con la finalidad de impulsar el desarrollo urbano y la consolidación con calidad de las ciudades".
Además, prevé articular la coparticipación público-privada para impulsar el sector de la construcción.
En uno de los artículos se indica que el nuevo ente, podrá "asesorar a municipios y distritos metropolitanos en la aplicación de los instrumentos de planificación urbanística y de gestión de suelo previstos en la ley, con el fin de promover el desarrollo de vivienda de interés social y prioritaria".
Su financiamiento se sujetará a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas. Para tal efecto "podrá constituir cualquier tipo de asociación, unidades de negocios, celebrar convenios de asociación, alianzas estratégicas, consorcios, sociedades de economía mixta con sectores públicos o privados en el ámbito nacional o internacional del sector de la economía popular y solidaria".
Su directorio estará presidido por el Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda. Además, estará conformado por el Secretario Nacional de Planificación o su delegado; y el gerente del BIESS, quien será el delegado del Presidente de la República. Este directorio deberá expedir el estatuto orgánico y reglamentos de la empresa.
La empresa estará domiciliada en Quito y su patrimonio estará conformado por inmuebles y muebles que serán transferidos por el Miduvi y los recursos que destinará el Ministerio de Finanzas.
La disposición transitoria única establece que "las instituciones del Estado, cuyos bienes han sido indentificados por el Miduvi para proyectos de desarrollo urbano o vivienda, deberán concluir los procesos de transferencia de aquellos a favor de la empresa en un plazo máximo de 90 días".
REVISE EL DECRETO EJECUTIVO
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