Enmienda garantiza el derecho a la huelga al sector público
La presidenta de la Asamblea, Gabriela Rivadeneira, tiene 30 días a partir del próximo 2 de diciembre para convocar a segundo debate sobre el paquete de enmiendas constitucionales.
Así lo aseguró ella luego de que Juan Carlos Cassinelli, presidente de la comisión ocasional para tratar los 16 cambios, le entregara el informe de 147 páginas que fue aprobado el lunes pasado con 8 votos a favor y 3 en contra.
“Este informe no es la copia de aquello que recibimos. El documento que hoy le entregamos está complementado con todos aquellos criterios que permitieron mejorar su contenido”, dijo, al recordar que se elaboraron 162 diálogos nacionales, 148 subcomisiones y 14 comisiones que resultaron en 9 cambios al paquete de 16 enmiendas constitucionales aprobado por la Corte Constitucional (CC) en octubre del año pasado. ¿Pero cuáles son esas modificaciones?
Dos de ellas se refieren a la reelección en los artículos 114 y 144, donde se incluye la frase “postularse para”.
Además se incluirá la transitoria que entrará en vigencia desde el 24 de mayo de 2017, es decir los actuales asambleístas que llevan más de dos periodos no podrán presentarse a los próximos comicios, al igual que el presidente Rafael Correa.
En cuanto al rol de las Fuerzas Armadas, en el artículo 158, segundo inciso, se sustituirá la palabra “nacional” por seguridad “integral”.
DATOS
El proyecto de enmiendas constitucionales fue presentado ante la Corte Constitucional (CC) el 26 de junio pasado por la presidenta de la Asamblea, Gabriela Rivadeneira.
Mediante resolución de la Sala de Admisión de la CC, de 31 de julio de 2014, se admitió a trámite la causa signada con el No. 0001-14-RC, a fin de que la Corte Constitucional se pronuncie sobre el proyecto de enmienda.
Luego del fallo de la CC, la Asamblea convocó al primer debate sobre los cambios a la Carta Magna y un año después vendrá el segundo debate. La reforma se aprobará si tiene 2 terceras partes de apoyo del pleno.
La fecha tope o máxima para aprobar las enmiendas se vence en diciembre próximo, para que de esta manera pueda cumplir con los plazos establecidos y así entrar legal y constitucionalmente en vigencia.
El dictamen de la CC, que determinó la procedencia de la reforma de la Carta Magna a través de la enmienda por parte de la Función Legislativa, tiene el carácter de vinculante y obligatorio para la Asamblea.
El artículo 441 de la Constitución de 2008 justamente precisa que si la enmienda se realiza por iniciativa del órgano Legislativo, a solicitud de un número no inferior a la tercera parte de los miembros de la Asamblea, el proyecto debe ser tratado en 2 debates; para tal efecto, el segundo debate se realizará impostergablemente en los 30 días siguientes al año de realizado el primero; y la reforma solo se aprobará si se obtiene el respaldo de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea. (I)Durante el debate también se mencionó la posibilidad de cambiar en el artículo 370 la palabra “jubilares” por pensiones “de retiro”. Ese tema se dejó abierto para discutirse en el pleno.
En la enmienda sobre las competencias de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) se recomendó hacer una precisión sobre la necesidad de una autorización previa del gobierno central en lo que respecta a educación y salud.
Actualmente la Constitución permite a los cabildos construir escuelas y centros de salud, pero otorga al Estado central la potestad de regir al sector, lo que se consideró una doble atribución. Ese error es el que ahora pretende corregirse.
Finalmente, la reforma en el artículo 326 que unificaría el marco jurídico que rige a los servidores públicos aclara que estos “tendrán derecho a la organización para la defensa de sus derechos y la mejora en la prestación de servicios públicos, a la huelga de conformidad con la Constitución y la ley. En virtud de que el Estado y la administración pública tienen la obligación de velar por el interés general solo habrá contratación colectiva para el sector privado”.
En este punto se incorpora una transitoria que determina que en el plazo de 180 días se realizarán las respectivas reformas a la Ley Orgánica del Servicio Público (Losep) y demás normativas del sector público.
La enmienda no es retroactiva, por lo que los obreros que ya se encuentren regidos por el Código del Trabajo “mantendrán los derechos individuales y colectivos garantizados por este cuerpo legal”.
Movilización de los trabajadores
Frente a este último cambio la Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Clasistas Unitarias de Trabajadores (Cedocut) convocó a una protesta para mañana en la capital.
La presidenta de la Asamblea, Gabriela Rivadeneira, recordó que desde hace tres meses se invitó a las principales centrales sindicales del país a dialogar, pero solo el Parlamento Laboral Ecuatoriano (PLE) y la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) acudieron a las mesas.
“Hemos sido muy claros en que el contrato colectivo se mantendrá para el sector privado, y para el sector público en los 180 días posteriores se reformará la LOSEP, garantizando los derechos fundamentales de los trabajadores. Estamos hablando de una nueva forma de sindicalismo”, expresó.
El lunes pasado el titular del PLE, Fernando Ibarra, expresó su inconformidad porque los nuevos trabajadores públicos no tendrán acceso a la contratación colectiva.
“Dependiendo de cómo avancen las conversaciones” tomarán la decisión correspondiente, advirtió. Sin embargo, descartaron unirse a la marcha de mañana.
“El asambleísta Luis Fernando Torres cambió su discurso con respecto a la enmienda que reconoce el derecho a la sindicalización y a la huelga. Como el Presidente anunció que ya no será candidato ven más cercana su posibilidad de llegar al poder y no les interesa que se amplíen derechos para los trabajadores del sector público”, criticó Ibarra.
En realidad Torres calificó de “perjudicial” la enmienda porque “las entidades públicas nacionales y seccionales difícilmente tendrán las competencias y recursos para atender todas las demandas”.
El legislador Fausto Cayambe, integrante de la Comisión Ocasional de Enmiendas y de los Derechos de los Trabajadores, explicó que existen 4 derechos colectivos fundamentales: estabilidad laboral, derecho a la libertad sindical, huelga y negociación colectiva.
Este último -según Cayambe- se definirá cuando se haga la reforma en la Losep. “Por eso es importante el diálogo”, dijo Cayambe, y aseguró que el PLE lo invitó a participar de su asamblea el próximo 30 de este mes. (I)
Lea el INFORME PARA SEGUNDO DEBATE de la SOLICITUD DE ENMIENDA CONSTITUCIONAL