El Telégrafo
Ecuador / Lunes, 25 de Agosto de 2025

La Corte de Apelaciones de La Haya rechazó la apelación de Ecuador a la sentencia de la Corte de Primera instancia. Esta última negó la anulación de los laudos de jurisdicción, parcial e interinos por los cuales el Tribunal consideró que tenía competencia para conocer la demanda de Chevron, pese a que la transnacional ya no operaba en el país cuando entró en vigencia el Tratado Bilateral de Inversiones (TBI).

“En relación con el laudo sobre jurisdicción, la Corte de Apelaciones concluyó de manera errónea que el Tribunal arbitral era competente para conocer el reclamo de Texaco porque aun cuando su inversión terminó en 1992, existe una controversia de inversiones entre la compañía y Ecuador”, señala el comunicado de la Procuraduría General del Estado.

La Corte de Apelaciones coincidió con Ecuador en que la Corte Distrital de la Haya, que emitió la decisión en primera instancia, se había equivocado en fundamentar su decisión en las alegaciones de fraude presentadas por Chevron, pero consideró que las medidas provisionales adoptadas por el Tribunal no violaron el derecho público holandés ni los derechos de los demandantes de Lago Agrio.

La defensa de Ecuador discrepa con las conclusiones de la Corte de Apelaciones, porque perpetúa errores cometidos por el Tribunal Arbitral en los laudos sobre jurisdicción y medidas provisionales, y analiza la decisión a fin de definir la pertinencia de presentar un recurso ante la Corte Suprema de los Países Bajos. (I)