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Comisión recomienda allanarse a 22 aspectos

En la sesión del pleno virtual Nº 672 sobre el veto a la Ley de Apoyo Humanitario participaron 134 legisladores.
En la sesión del pleno virtual Nº 672 sobre el veto a la Ley de Apoyo Humanitario participaron 134 legisladores.
Cortesía Asamblea Nacional
19 de junio de 2020 - 00:00 - Redaccion Economía

El pleno virtual de la Asamblea Nacional se instaló a las 16:30 de ayer, para debatir el proyecto de Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para combatir la crisis humanitaria derivada del covid-19.

Luego de varias peticiones de cambios en el orden del día, la lectura del informe se inició alrededor de las 20:00 y hasta el cierre de esta edición el debate continuaba.

El informe no vinculante a la objeción parcial del Presidente de la República al proyecto de ley fue elaborado por la Comisión de Desarrollo Económico. Esta recomendó al pleno allanarse a 22 de las 32 observaciones, es decir aceptar los cambios realizados por el Ejecutivo y ratificarse al texto de 9 artículos aprobados por el Legislativo.

Pero también se señaló que no existe un consenso en un artículo sobre las condiciones mínimas para la validez de los acuerdos, por lo que se dejó para que exista el pronunciamiento del pleno.

Sobre las ratificaciones, se pide que se mantenga el texto aprobado por la Asamblea Nacional en mayo pasado sobre no incrementar costos en servicios básicos, incluyendo los servicios de telecomunicaciones e internet desde la vigencia del estado de excepción hasta un año después.

Además, que quede firme la prohibición de terminación de pólizas de salud, ni suspensión de su cobertura por mora.

Una vez que termine el estado de excepción por calamidad pública, los valores reprogramados serán pagados en cuotas prorrateadas durante la vigencia de la póliza de seguros hasta máximo 6 meses.

También se plantean acuerdos entre trabajadores y empleadores para evitar abusos en contra de los empleados. Los despidos por fuerza mayor aplicarán únicamente al cese total y definitivo de la actividad económica del empleador.

Mientras que en los temas en los que se plantea allanarse constan, entre otros, la rebaja del 25% en educación inicial hasta superior a los representantes de los alumnos, de acuerdo a la justificación que presenten. En caso de no existir acuerdo entre las partes, y no se cancele la pensión por seis meses, el Estado garantizará la educación en establecimientos públicos.

Los empleadores que no tuvieron ingresos durante el estado de excepción y no cumplieron con las obligaciones a la seguridad social en los meses de marzo, abril, mayo y junio, podrán realizar los pagos sin recargas ni intereses.

También constan temas relacionados con créditos productivos y sanciones al empleador que use la causal de fuerza mayor sin justificación.

Esteban Albornoz, asambleísta de Alianza PAIS, fue el ponente del informe y dijo que la ley es necesaria y ayuda a los más necesitados, y que, si bien no soluciona los grandes problemas financieros, alivia la carga económica a los ciudadanos. (I)

Servicios

Suspensión temporal de desahucio en materia de inquilinato. No incremento de servicios básicos. Rebajas en costo del servicio eléctrico.

Trabajo

Los trabajadores y empleadores podrán, en común acuerdo, modificar las condiciones económicas de la relación laboral. No podrán afectar el salario básico o los salarios sectoriales.

Créditos

Durante el período de vigencia del estado de excepción y hasta 60 días después, todas las entidades del sistema financiero deberán reprogramar el cobro de cuotas.

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