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Jubilación por discapacidad o invalidez: ¿cuáles son las diferencias?

Estas son las diferencias entre jubilación por discapacidad o invalidez.
Estas son las diferencias entre jubilación por discapacidad o invalidez.
Foto referencial: Pixabay
26 de agosto de 2024 - 15:47 - Valeria Heredia

En Ecuador, las personas pueden acceder a la jubilación por discapacidad o por invalidez. Se puede lograr solo si se cumplen con los requisitos descritos por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). 

Requisitos para la jubilación por discapacidad 

-Debe cumplir con un mínimo de 300 aportaciones, sin límite de edad, en el caso de discapacidad física. 

-Debe cumplir con un mínimo de 240 aportaciones, sin límite de edad, en el caso de discapacidad intelectual.

-Cumplir con la edad y el tiempo de servicio requerido y el 30 % discapacidad (carnet de discapacidad) 

-Estar cesante con todos los empleadores y registrar el aviso de salida

-No estar en mora con el IESS, como empleador

-Los aportes del mes que cesó deben estar pagados antes del 15 del siguiente mes

-Cuenta bancaria activa y personal, registrada en el Sistema de Historia Laboral

¿Cómo puedo realizar el proceso? 

El afiliado/a deberá solicitar su jubilación a través de la página web del IESS, en la sección TRÁMITES VIRTUALES-ASEGURADOS-PENSIONISTA-JUBILACIÓN DISCAPACIDAD, digitando el número de cédula de ciudadanía  y su clave del IESS.  

La aprobación de la solicitud es en dos minutos, y el depósito se realizará de manera automática en la cuenta bancaria registrada, en aproximadamente 15 días.

Requisitos para la jubilación por invalidez 

-Cumplir con el tiempo de cotización mínimo en el Seguro General, según sea el caso para afiliado activo o cesante

-Estar cancelados los aportes

-No estar en mora con el IESS, como empleador (de ser el caso)

-No tener generado un aviso de accidente o de enfermedad profesional en riesgos del trabajo por la misma contingencia.

-No tener generada una solicitud de jubilación (vejez o discapacidad).

-Cuenta bancaria activa y personal, registrada en el Sistema de Historia Laboral

No serán considerados, en las siguientes condiciones: 

-Se encuentra  bajo los efectos de sustancias alcohólicas, psicotrópicas o de cualquier otro tóxico. 

-Si intencionalmente el afiliado, por su cuenta o valiéndose de otra persona, ocasiona la incapacidad.

-Intento de suicidio.

-Delito intencional del que fuere responsable el asegurado, según sentencia judicial ejecutoriada. 

-Cuando no cumple con los criterios de inclusión para la calificación de la incapacidad para laborar  o invalidez,  establecidos en el Reglamento.

Aquí puedes revisar los establecimientos de salud autorizados para ejecutar la calificación por invalidez. 

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