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CNE aún no define la devolución del 50% del Fondo de Promoción Electoral

Yaku Pérez y Xavier Hervas, candidatos presidenciales no alcanzan el 4%.
Yaku Pérez y Xavier Hervas, candidatos presidenciales no alcanzan el 4%.
Foto: El Telégrafo.
23 de agosto de 2023 - 10:40 - Redacción Web

Una vez que el Consejo Nacional Electoral (CNE) certifique los resultados de las elecciones del pasado 20 de agosto, otra historia empezará para dos candidatos a la Presidencia. Yaku Pérez y Xavier Hervas podrían ser los primeros en devolver dinero del Fondo de Promoción Electoral.

Las reformas al Código de la Democracia, que entraron en vigencia en el 2020, contemplan una penalización para quienes no alcance, al menos, el 4% de votos.

La normativa señala: “Las organizaciones políticas o candidato que haya recibido el Fondo de Promoción Electoral, deberán reintegrar el  50% de los valores y montos entregados luego de la segunda elección cuando no obtengan, al menos, un 4% de los votos válidos en la respectiva dignidad, binomio o lista”.

Hasta las 10:20 de este 23 de agosto del 2023, la página del CNE mostraba que Pérez, de la alianza Claro que se Puede y Xavier Hervas de RETO, no alcanzaba el porcentaje mínimo. El primero tenía un 3,9%, mientras que el segundo no llegaba ni al 1%.

Ambos candidatos estuvieron en la papeleta de Presidente para las elecciones generales del 2021. Y, el pasado 20 de agosto, los dos corrieron por segunda vez en busca de ese cargo. Entonces, la reforma al Código de la Democracia debería aplicarse.

Sin embargo, aún no existe un pronunciamiento oficial del CNE sobre este tema. Se conoce que los consejeros analizarán esta situación con base en un informe jurídico que se preparará para este tema.

En la página del CNE constan los reportes quincenales sobre los ingresos y gastos de cada organización política que participó de las elecciones. El presupuesto de Claro que Se puede ascendía a USD 600.000; mientras que de RETO tenía ingresos por USD 210.000.

Sin embargo, el órgano electoral determinará el pago de lo que corresponde al 50% que entregó como Fondo de Promoción Electoral. Lo que sí establece el Código de la Democracia es que esos valores deberán reponerse en un plazo de 90 días después de que esté en firma la resolución del CNE sobre los resultados.   

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