Restricciones de aforo según la semaforización
El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional emitió los lineamientos para que cada Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) aplique en su territorio, conforme la semaforización por el estado epidemiológico.
La última resolución de la entidad, realizada este miércoles 2 de febrero de 2022, determina las siguientes restricciones de aforo:
Verde
Mercados, entidades financieras y servicio público – 85% de aforo.
Transporte público – Todos sentados.
Centros comerciales, restaurantes, cines, circos, teatros, gimnasios y balnearios – 85% en interiores y 100% en exteriores.
Bares, discotecas, karaokes, centros de tolerancia – 85% de aforo.
Actividades al aire libre – 100% de aforo.
Amarillo
Mercados, entidades financieras y servicio público – 60% de aforo.
Transporte público – Todos sentados.
Centros comerciales, restaurantes, cines, circos, teatros, gimnasios y balnearios – 60% en interiores y 85% en exteriores.
Bares, discotecas, karaokes, centros de tolerancia – 50% de aforo en interiores y 60% en exteriores.
Actividades al aire libre – 75% de aforo.
Rojo
Mercados, entidades financieras y servicio público – 30% de aforo y restricciones de horario.
Transporte público – Todos sentados.
Centros comerciales, restaurantes, cines, circos, teatros, gimnasios y balnearios – 30% en interiores y 50% en exteriores.
Bares, discotecas, karaokes, centros de tolerancia – 30% de aforo.
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